Por Redacción Es Noticia
redaccion@esnoticiapr.com
La Autoridad de los Puertos anunció la creación de la ‘Unidad de Seguridad de Monitoreo de uso de Vehículos Aéreos No Tripulados (UVAs, por sus siglas en inglés) en las Cercanías de facilidades Aeroportuarias en Puerto Rico’ y de esa forma controlar el uso de los llamados ‘drones’.
La operación de estos sistemas se encuentra regulada por la Parte 107 -La Regla de Pequeños Vehículos Aéreos No Tripulados- del Código de Regulación Federal Número 14, la cual establece que:
- No se pueden volar drones en zonas cercanas a:
-
-
- aeropuertos
- muelles
- bases militares
- parques nacionales
-
-
«La Unidad que estamos creando tendrá la responsabilidad primaria de asegurar que ninguno de estos equipos sean volados en áreas restringidas”, indicó Norberto Negrón, director ejecutivo de la Autoridad de los Puertos.
Negrón recordó que el próximo 1 de julio entran en vigor nuevas regulaciones federales para la operación de los drones, incluyendo la obligatoriedad de utilizar el sistema de ‘Remote ID’ en cada uno de estas plataformas autónomas.
Objetivo de la nueva Unidad:
- implementación de un Plan de Acción para el monitoreo de incidentes relacionados con el uso de UVAs en perímetros cercanos a muelles y/o aeropuertos.
- coordinación con los concesionarios para implementar un programa de monitoreo de incidentes relacionados con el uso de drones.
- desarrollar programas de orientación a usuarios relacionado con las regulaciones estatales y federales.
- establecer comunicación directa y continua con la división de Pequeños UVAs del Administración Federal de Aviación (FAA).
“Entre los parameros en vigor actualmente para el uso de drones en Puerto Rico se encuentra estar registro en la FAA mediante la aplicación FAA Drone Zone, el que ningún sistema debe pesar sobre 55 libras, su operación no deben superar los 400 pies de altura y limitar su uso a zonas designadas como Clase G (espacio aéreo no controlado)”, indicó el funcionario.
En el 2021 se establece la primera reglamentación por el uso de UVA en Puerto Rico mediante la Ley Núm. 68 de 27 de diciembre de 2021, mejor conocida como la ‘Ley para limitar el uso de imágenes captadas por los Sistemas Aéreos No Tripulados’, iniciativa del representante José Aponte, la cual tiene el fin de prohibir a personas, entidades o agencias estatales, en ausencia de una orden de registro, la toma y grabación de imágenes por medio de sistemas UAV, en propiedades privadas o donde se tenga una expectativa razonable de intimidad.
Los Vehículos Aéreos No Tripulados, conocidos como ‘UAV’ por sus siglas en inglés, son aeronaves autónomas que reciben comandos para desplegarse en el aire sin tripulación.
Los UAVs tienen su origen en las postrimerías de la Segunda Guerra Mundial, cuando la Fuerza Aérea del Ejército de los Estados Unidos utilizó aviones como el bombardero mediano B-24 ‘Liberator’ con sistemas de control remoto con el propósito de realizar misiones sin colocar la vida de sus tripulantes en riesgo.