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Refieren a Carmen Yulín Cruz a la Oficina de Ética Gubernamental

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Por CyberNews

redaccion@esnoticiapr.com

 

Al acoger la recomendación del Departamento de Justicia, el Panel sobre el Fiscal Especial Independiente decidió este lunes, que no nombrará un Fiscal Especial Independiente (FEI) para investigar a la exalcaldesa de San Juan, Carmen Yulín Cruz Soto y a dos funcionarias municipales, Myrna Hernández Serrano e Ivette Del Valle Soto.

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Este caso se originó con una querella presentada ante Justicia por Miguel Romero Lugo, alcalde de San Juan, contra la exalcaldesa de ese municipio, Cruz Soto, relacionada con la administración de los Programas Head Start y Early Head Stalt.

Según se indica en el Informe de Investigación Preliminar de Justicia, el alcalde Romero Lugo expresó que la negligencia crasa de la exalcaldesa Cruz Soto y de otras dos funcionarias del municipio ocasionaron la pérdida de millones de dólares en fondos federales para el funcionamiento de los centros Head Start y Early Head Start. Que ello ocasionó el cierre de estos, con la consiguiente pérdida de empleos y prestación de servicios para los residentes de San Juan.

Luego de la investigación por parte de la División de Integridad Pública y Asuntos del Contralor (DI PAC), el Secretario de Justicia acogió la recomendación de dicha división, la cual concluyó que no existe causa suficiente para creer que la exalcaldesa Cruz Soto y las dos funcionarias mencionadas hubiesen incurrido en conducta delictiva. Recomendó, entonces, que no se designara un FEI.

Como parte del informe de la DIPAC, se destaca que se realizaron entrevistas a funcionarios del Municipio y a otras fuentes. Que, de éstas y otras indagaciones, la evidencia recopilada demuestra que la parte querellada trabajó en la rectificación de las deficiencias señaladas por la Administración de Niños y Familias (ACF, por sus siglas en inglés, del Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos).

El escrito fundamenta que tampoco existe controversia en cuanto a que la ACF documentó el hallazgo de dos (2) deficiencias relacionadas con situaciones ocurridas en varios centros.

De otra parte, la DIPAC precisó que, según el récord, las medidas correctivas adoptadas por el municipio fueron validadas y aceptadas por la ACF.

Por otro lado, el Panel expresó que, de los testimonios de las personas que prestaron declaraciones juradas surge la falta de prueba para designar un FBI, coincidiendo así con la recomendación del Secretario de Justicia en tal sentido.

De conformidad con la evaluación y análisis de este caso, el Panel ordenó el archivo de este asunto, en cuanto al aspecto penal se refiere, así fue consignado en su Resolución del 18 de marzo de 2022.

No obstante, el Panel decidió remitir este asunto a la Oficina de Ética Gubernamental para que esa institución determine si, a la luz de su Ley Habilitadora, la exalcaldesa Cruz Soto incurrió en negligencia o incumplimiento de ley en el ámbito administrativo.