Por CyberNews
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El presidente del Senado, José Luis Dalmau Santiago dijo el viernes, que el Departamento de Corrección y Rehabilitación, no supervisó adecuadamente al confinado Hermes Ávila Vázquez, quien fue excarcelado bajo la Ley 25 de 1992.
“Aquí no hubo la supervisión adecuada. No había control sobre la compañía privada que suministra los servicios de salud y que fue la que determinó en un panel médico, a contestaciones de la secretaria, la que decidió que la persona tenía una condición limitante», dijo Dalmau Santiago a preguntas de la prensa.
«Ese panel médico, expresado por la secretaria, no tenía especialista. No vamos a menospreciar a los médicos, pero la ley dice que tenía que ser un especialista que sepa la condición, que alega el confinado y que la pueda certificar, cosa que no se hizo. La persona que coordina los servicios de salud es la privatizadora, el Departamento de Corrección ahí no tiene control, no hubo supervisión adecuada», indicó.
Explicó que la Ley 25 dice que «tiene que ser la Secretaria, el de más alto rango que es la Secretaria, la que firma la excarcelación. Aquí se delegó a otra persona, no vamos a cuestionar los méritos de la persona, pero no tenía la autoridad en ley porque la ley no faculta esa delegación. Así que hay una serie de evasiones de responsabilidad que conllevan a la excarcelación de una persona que no merecía estar fuera y que presuntamente pues cometió un asesinato”.
“Esta vista no le va a devolver la vida y la persona, la familia, pero aquí se ha empezado una investigación muy seria y responsable sobre una cadena de eventos que nunca debieron haber sucedido. Definitivamente una persona que se certifica como que tiene una condición limitante y después todo el mundo lo ve caminando, ¿quiénes fueron los médicos que determinaron eso? ¿Bajo qué condiciones? ¿Por qué anteriormente a esa condición se enmendó el reglamento para añadir cosas que no disponía la ley?», preguntó.
«El Reglamento no puede ir por encima de la Ley porque se delegó la firma de las excarcelaciones de estas condiciones de la Ley 25 cuando la ley dice que no. La supervisión, el reglamento dice que cada 15 días no se llevó adecuadamente tampoco, dice que tiene que ser un familiar, un hogar pues se buscó otra persona ajena a la familia, una amistad que dijo que estaba disponible, cuatro visitas, cuatro visitas, un periodo de casi un año. Por eso no fue manejado adecuadamente, no fue manejado adecuadamente y ahí vemos el resultado”, agregó.
Dalmau Santiago no descartó citar a más funcionarios, incluyendo a quien dio su firma para la excarcelación de Ávila Vázquez, Celia Cosme.
Secretaria de Corrección se defiende
En una vista pública en el Senado, Ana Escobar, secretaria del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR), reveló que Hermes Ávila Vázquez, tras su excarcelación bajo la presunción de una enfermedad terminal, recibió solo ocho visitas de seguimiento en el lapso de un año, en lugar de las visitas quincenales estipuladas por las regulaciones. De estas, solo cuatro fueron en su residencia.
Ávila Vázquez, quien continuó su vida en libertad durante este tiempo, fue responsable de un homicidio tras su excarcelación.
Escobar defendió la legalidad de la excarcelación, indicando que la delegación de la firma para la liberación se amparaba bajo un Reglamento de 2019. Además, la decisión de liberar a Ávila Vázquez se atribuyó a decisiones externas tomadas por el contratista Physician Correctional y la Corporación del Fondo del Seguro del Estado.
Durante la vista, Escobar citó que el seguimiento del caso por parte del personal técnico reveló que Ávila Vázquez nunca fue visto fuera de su silla de ruedas, aunque posteriormente se le observó caminando, lo que sugiere que pudo haber engañado a las autoridades para obtener su liberación. “Nunca se le observó fuera de su silla de ruedas”, afirmó Escobar respecto a los informes de seguimiento.
Respondiendo a preguntas sobre el protocolo de supervisión, Escobar especificó que, según el expediente, el personal hizo cuatro visitas al lugar de residencia de Ávila Vázquez y cuatro a las oficinas del programa de comunidad, aunque los reglamentos requerían visitas cada 15 días. Admitió que el proceso de investigación necesitaba ser más incisivo y riguroso.
Finalmente, la secretaria reconoció la necesidad de una supervisión más eficaz y continua para evitar futuros incidentes similares, y se comprometió a mejorar los procedimientos de investigación del DCR.
“Nosotros hemos encontrado que el proceso de investigación tiene que ser uno más incisivo, riguroso y continuo de lo que tenemos en este momento”, puntualizó.
Durante la vista pública, Escobar Pabón mencionó que el reglamento que se siguió para la excarcelación de Ávila Vázquez fue del “pasado secretario. Sin embargo, el exsecretario del DCR, Erik Rolón, rechazó la alegación: “Hoy, se ha mencionado que este servidor, en mi ex capacidad como secretario del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR), enmendé reglamentación relacionada con la Ley 25-1992 para delegar facultades que ni son acorde con la Ley. Quiero dejar absolutamente claro que esta manifestación es completamente falsa».
Rolón señaló que «durante mi incumbencia como secretario del DCR, nunca se realizó ninguna enmienda a la reglamentación en cuestión. Según los registros del Gobierno de Puerto Rico, las reglamentaciones de Ley 25 y pases extendidos datan del 2004 con la misma disposición alusiva al Jefe de Programas de Desvío para aprobar y autorizar estos privilegios. Tal disposición fue reiterada en el 2008, 2012, 2015, 2020 y 2023. Cualquier declaración o insinuación en contrario es incorrecta y carece de fundamento. Insto a que se corrija esta información errónea y se respete la verdad”.
Escobar Pabón, a su salida de la vista pública reaccionó: “Pues hay una comunicación que dice que Celia Cosme era la persona a cargo del programa de desvío. Obviamente, tengo que verificar si fue firmada por él, porque de memoria no puedo confirmar si fue firmada por él. Podríamos corroborar la comunicación porque la tenemos, va a evidenciar quién firmó esa comunicación”.
Cuestionada sobre si cancelará el contrato de Physician Correctional, dijo: “Yo considero que tendríamos que profundizar si hay fallas adicionales en el desempeño de cumplimiento de las cláusulas de contratos de Physician Correctional. Aquí actuó un panel de médicos y estamos hablando de una cantidad de servicios que se ofrecen que no solamente es la evaluación de un panel de médicos, ¿verdad? Así que dentro de todo lo que tenemos que analizar, tenemos que indagar sobre lo que me estás preguntando y ver si en algún momento dado hay una responsabilidad adicional donde me lleve a mí a tomar la determinación de iniciar un proceso de cancelación de contrato. En estos momentos, no”.