Por Redacción Es Noticia
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El Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) radicó hoy -martes- una demanda en el Tribunal de Primera Instancia de San Juan para declarar inconstitucional una cláusula que impide a los consumidores presentar reclamaciones por daños contra LUMA Energy.
“Hoy estoy aquí frente al Tribunal de Primera Instancia porque acabamos de radicar una pieza muy importante en favor de todos los puertorriqueños y todos los consumidores”, expresó la secretaria del DACO, Valerie Rodríguez Erazo en declaraciones públicas.
“Durante los últimos cuatro años, miles se han querellado contra LUMA por el nefasto sistema eléctrico y por su negligencia, pero esta compañía se ha amparado en una cláusula de inmunidad que les otorgó el Negociado de Energía en 2021”, indicó.
La cláusula en controversia -la Sección 4.1(g) del contrato entre el gobierno de Puerto Rico y LUMA Energy- exime a la empresa y a sus empleados de responsabilidad ante reclamaciones por daños provocados por fallas en el sistema eléctrico, incluso cuando hay actos negligentes.
Según el documento radicado por DACO, esta inmunidad se concedió por vía administrativa, sin intervención legislativa, lo que, según el DACO, viola la Constitución de Puerto Rico y la de los Estados Unidos.
“El DACO tiene la legitimación activa para llevar este caso”, sostuvo Rodríguez Erazo. “Solicitamos al tribunal que declare inconstitucional esa cláusula y la resolución que la autorizó, ya que le quita el derecho a los consumidores de reclamar por daños cuando hay negligencia”, dijo.
La Secretaria argumentó que la cláusula de inmunidad convierte a LUMA en una entidad “con carta blanca para no responder” y que ni siquiera la antigua Autoridad de Energía Eléctrica gozaba de ese tipo de protección legal.
La demanda también plantea que la inmunidad fue otorgada sin pasar por la Asamblea Legislativa, como exige la ley para disposiciones que limitan derechos ciudadanos.
“Este tipo de inmunidad jamás se ha visto en otra jurisdicción de los Estados Unidos”, dijo Rodríguez Erazo. “No puede ser que a los puertorriqueños se les quite el derecho a reclamar cuando una entidad privada, que ha recibido miles de millones de fondos públicos, actúa con negligencia y causa daños a terceros”, puntualizó.
En su demanda, DACO solicita que se declare nula la cláusula de inmunidad y que se permita a todo ciudadano presentar reclamaciones por daños relacionados con interrupciones o fluctuaciones en el servicio eléctrico ante los tribunales.
En la demanda civil K AC2025CV05155, el Departamento de Asuntos del Consumidor solicita al Tribunal que declare inconstitucional y nula la Sección 4.1(g) del contrato titulado Puerto Rico Transmission and Distribution System Operation and Maintenance Agreement, firmado entre el gobierno de Puerto Rico y LUMA Energy. Esta cláusula impide que los consumidores reclamen por daños causados por negligencia ordinaria atribuible a la empresa, su personal o contratistas.
La acción legal también cuestiona la validez de la Resolución Final y Orden del 31 de mayo de 2021, emitida por el Negociado de Energía, que permitió que se formalizara la cláusula impugnada sin el aval de la Asamblea Legislativa.
DACO argumenta que esta protección legal, que ni siquiera tenía la Autoridad de Energía Eléctrica cuando operaba el sistema, otorga a una entidad privada una inmunidad contraria a los principios constitucionales de separación de poderes y debido proceso de ley. La agencia sostiene que la única forma válida de conceder ese tipo de inmunidad es mediante legislación aprobada por la Legislatura de Puerto Rico.
La demanda incluye jurisprudencia y doctrina constitucional, además de citar expresamente el efecto negativo de esta inmunidad sobre el derecho de los consumidores a reclamar por daños en sus enseres y propiedades. Señala también que, según admisión de LUMA en una vista pública en la Cámara de Representantes, la empresa ha recibido más de 1,800 reclamaciones, pero no las atiende debido a la cláusula que la protege de responder por ellas.
Entre las súplicas de DACO, se solicita una sentencia declaratoria y el reconocimiento expreso del derecho de los consumidores a llevar reclamaciones por daños contra LUMA por negligencia ordinaria, como parte del marco de protección que debe imperar a favor del interés público.
LUMA reacciona
“Advenimos en conocimiento sobre la demanda presentada contra la AEE y LUMA hoy por el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO). Una vez recibamos la notificación oficial, la atenderemos con la seriedad y responsabilidad que merece a través del Tribunal.