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Animales de servicio vs. los de apoyo emocional

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Por Redacción Es Noticia
redaccion@esnoticiapr.com

 

Existen diferencias entre la función de los animales de servicio y los de apoyo emocional.
En los últimos años, ha aumentado la visibilidad de animales que acompañan a personas en espacios públicos como supermercados, centros comerciales, restaurantes o aviones.

No todos estos animales cumplen la misma función ni tienen los mismos derechos.
Es común confundir los animales de servicio con los animales de apoyo emocional, y aunque ambos cumplen roles importantes en la vida de las personas, existen diferencias claras en su entrenamiento, propósito y protecciones legales.

Un animal de servicio es, según la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA, por sus siglas en inglés), un perro entrenado individualmente para realizar tareas específicas en beneficio de una persona con una discapacidad. Estas tareas pueden incluir guiar a personas con impedimentos visuales, alertar a personas sordas, ayudar a personas en silla de ruedas, anticipar convulsiones, o brindar asistencia durante episodios de ansiedad severa, entre otras. Incluso, algunos pueden estar entrenados para dar primeros auxilios o realizar actividades de rescate.

En Puerto Rico estos perros pueden acompañar a sus dueños en lugares públicos y privados de uso público, desde hospitales y restaurantes hasta oficinas y transporte público, sin necesidad de mostrar documentación o certificaciones especiales.

El entrenamiento de estos perros suele ser largo, riguroso y especializado. Además de dominar tareas funcionales, deben saber comportarse de forma impecable en entornos públicos, no distraerse fácilmente, no ladrar innecesariamente, ni representar una amenaza o molestia. Estos animales trabajan con una sola persona y no con varias personas.

Por otro lado, un animal de apoyo emocional, que puede ser un perro, gato u otra especie, brinda compañía y consuelo a una persona con una condición emocional o mental, como depresión, ansiedad o trastorno de estrés postraumático. Aunque estos animales no están entrenados para realizar tareas específicas, su sola presencia ayuda a aliviar síntomas o crisis emocionales.

El animal de apoyo emocional no está protegido por la Ley ADA en cuanto al acceso a lugares públicos. Es decir, no tienen derecho automático a ingresar a restaurantes, tiendas o aviones, a menos que el establecimiento lo permita. Su uso suele estar regulado por otras leyes, como las que rigen la vivienda (por ejemplo, la Ley de Vivienda Justa en EE. UU.), que sí reconoce ciertos derechos para personas que necesitan animales de apoyo emocional como parte de su tratamiento médico.

Presentar un animal de apoyo emocional como si fuera uno de servicio puede generar problemas legales y afectar negativamente a quienes realmente dependen de sus animales de servicio para tareas críticas. Esta confusión también pone en riesgo la credibilidad y la aceptación de los animales entrenados, sobre todo cuando animales no entrenados exhiben conductas inadecuadas en espacios públicos.

Algunas personas adquieren certificados falsos o identificaciones por internet para que sus mascotas sean tratadas como animales de servicio, lo cual no es legal y puede conllevar sanciones en ciertos estados y jurisdicciones.

Cualquier perro de cualquier raza, puede ser adiestrado para realizar un trabajo de servicio o uno emocional, aunque, deberá cumplir con ciertas características, mismas que deberán de acoplarse a las necesidades del paciente.

Tanto los animales de servicio como los de apoyo emocional requieren atención, cuidado y respeto. Algunas responsabilidades importantes por parte del dueño incluyen:

• Mantener al animal bajo control en todo momento, ya sea mediante correa, arnés o comandos verbales

• Ambos tipos de animales necesitan atención veterinaria regular, socialización, descanso y una alimentación adecuada para preservar su salud y bienestar.

Por otro lado, el público general también tiene un rol importante en el trato hacia estos animales:

• No se debe distraer ni tocar al animal, especialmente cuando se trata de un animal de servicio, ya que está “trabajando” y no debe ser interrumpido con juegos, caricias o preguntas.

• Es importante recordar que muchas discapacidades no son visibles, por lo que no corresponde cuestionar la legitimidad de una persona que está acompañada por su animal.

• Mostrar respeto y empatía tanto hacia el usuario como hacia el animal.

Los animales, ya sean de servicio o de apoyo emocional, tienen un impacto positivo en la calidad de vida de muchas personas. Entender las diferencias entre ambos es crucial para respetar los derechos de quienes los necesitan y garantizar la convivencia armoniosa en espacios públicos.

Para más información, puede llamar al Colegio de Médicos Veterinarios de Puerto Rico al 787- 520-0237.

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