Por Redacción Es Noticia
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El Gobierno de Puerto Rico presentó -el jueves- una demanda ante el Tribunal de San Juan para solicitar la cancelación de la extensión del contrato de operación del sistema eléctrico firmado con LUMA Energy, al alegar que la prolongación del acuerdo es ilegal.
“Luego de tantas promesas de cambios que me representaron a mí y a mi equipo de trabajo, no han cumplido con ninguna de ellas”, dijo Jenniffer Aydin González Colón en un mensaje grabado. La mandataria afirmó que sostuvo múltiples reuniones durante el año con los ejecutivos locales de LUMA y con los altos directivos de las compañías matrices de la empresa.
“Este análisis reveló deficiencias en el desempeño que no podían ser ignoradas y expuso un proceso de extensión contractual que violó requisitos esenciales de ley”, añadió. La gobernadora resaltó que, desde el inicio de su administración, creó un grupo de energía para supervisar la contratación y dirigir una fiscalización estricta del operador.
González Colón explicó que el gobierno presentó una demanda de sentencia declaratoria e injunction preliminar ante el Tribunal de Primera Instancia en San Juan para que se declare nula la extensión del 2022 y se establezca una transición ordenada. “Presenté además un recurso ante el Tribunal Supremo para que atienda con urgencia los asuntos legales y de alto interés público implicados en este caso”, señaló.
La gobernadora indicó que la notificación de disputa técnica presentada por la Autoridad para las Alianzas Público Privadas identificó seis áreas específicas de incumplimiento, pero LUMA abandonó el proceso pactado y acudió al Tribunal Federal. “En lugar de permitir que el mecanismo contractual siguiera su curso, LUMA se fue al foro federal y dejó a Puerto Rico sin una adjudicación clara sobre estos incumplimientos”, expresó.
González Colón mencionó que la Carta de Extensión fue aprobada sin el voto afirmativo de la Junta de la Autoridad para las Alianzas Público Privadas y sin la aprobación del Negociado de Energía. “Esa extensión consolidó un control indefinido a favor de un operador privado sin el andamiaje de supervisión originalmente concebido”, afirmó. También sostuvo que la empresa retiene información fiscal necesaria para completar los estados financieros auditados del gobierno. “Esto es como un intento de que la Junta no se vaya, aguantando la información fiscal del Estado”, agregó.
La gobernadora recalcó que su decisión se fundamenta en la estabilidad del sistema eléctrico, la protección de los trabajadores y el respeto al Estado de Derecho. “Mi objetivo es restaurar el marco legal que le permita al gobierno recuperar su capacidad resolutoria y establecer métricas de desempeño exigibles”, dijo. Señaló igualmente que la administración mantendrá la continuidad del servicio y trabajará en coordinación con las agencias pertinentes para garantizar una transición ordenada.
“Las actuaciones de LUMA, su mal servicio y su falta de interés en resolver los señalamientos hacen que no tengamos otra alternativa que recurrir a los tribunales”, expresó la mandataria. Añadió que ya se evalúan posibles candidatos para un nuevo modelo de operación. “Necesitamos un operador capaz de responder con sentido de urgencia, rendir cuentas con transparencia y administrar responsablemente los recursos públicos y federales destinados a la reconstrucción”, puntualizó.
Entre los argumentos expresados en la demanda, y que esperan se atiendan a través de un recurso de certiorari ante el Tribunal Supremo, se establece que el proceso de aprobación de la Carta-Extensión del Acuerdo Suplementario es nulo al no contar con el voto afirmativo de ambos representantes del interés público de las AAPP, los cuales se abstuvieron, según exigido en la Sección 10(b) de la Ley para Transformar el Sistema Eléctrico de Puerto Rico.
Se alega además que tampoco contó con el voto del director ejecutivo de la AEE (en ese entonces Josué Colón Ortiz), quien se rehusó a firmar la Carta-Extensión y, por lo tanto, lo autorizó el entonces presidente de la Junta de Gobierno, Fernando Gil Enseñat.
Se mencionó que los términos de la Carta-Extensión tampoco cuenta con una aprobación o certificado de cumplimiento de energía emitido por el Negociado de Energía de Puerto Rico. Tampoco, según la demanda, la Carta-Extensión nunca fue sometida para aprobación legislativa conforme exige el Artículo 10(e) de la Ley 29, el cual dispone que “toda extensión” de un contrato otorgado bajo dicha ley requiere aprobación mediante legislación.
























































