Por Redacción Es Noticia
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El representante Jorge Navarro Suárez recurrió al auxilio de la Junta de Control Fiscal (JCF) para su propuesta de conseguir que los trabajadores de la industria de alimentos como los supermercados tengan una paga especial a razón de tiempo y medio por el tiempo que dure la emergencia del coronavirus.
Para eso, el legislador le envió una carta a la directora ejecutiva de la JCF, Natalie Jaresko.
“Envié una misiva a la directora ejecutiva de la Junta de Control Fiscal en la que recurro a dicha entidad para solicitarle que evalúe nuestra propuesta y, si la misma no prospera en la Asamblea Legislativa, nos ayuden a identificar otra opción para ayudar a este sector que no recibirá ningún incentivo económico por su trabajo extraordinario en estos tiempos difíciles”, anunció Navarro Suárez en una comunicación escrita.
El representante radicó la Resolución Conjunta 675, una medida que obliga a los patronos privados que brinden servicios al público, salvo los que tengan menos de 50 empleados y que generen un ingreso bruto anual menor de 10 millones de dólares, a pagar a razón de tiempo y medio a los empleados que están laborando en sus establecimientos, durante la vigencia de la orden ejecutiva para contrarrestar el contagio del COVID-19 y que establece un toque de queda y limita la operación de ciertos negocios.
“Estoy consciente de que aunque la Resolución excluye a los patronos que tengan menos de 50 empleados y que generen un ingreso bruto anual menor de 10 millones de dólares la misma ha tenido un rechazo masivo por parte del sector minorista local. Aunque comprendemos sus objeciones, también estamos firmemente convencidos de que en la crisis a la que nos enfrentamos, como legisladores es nuestro deber estar del lado de los empleados de estas empresas”, detalló el representante por San Juan, Guaynabo y Aguas Buenas.
En la carta al ente federal, el legislador basa su intención de remuneración a estos trabajadores en la Ley Número 16 de 5 de agosto de 1975, según enmendada, conocida como “Ley de Seguridad y Salud Ocupacional” y en la Ley Número 379 de 15 de mayo de 1948, según enmendada. El Artículo 4 (c) de la Ley 379, establece el pago de “horas extras” como aquellas “que un empleado trabaja para su empleador durante los días u horas en que un establecimiento debe permanecer cerrado al público”.
“Entendemos que, que cada empleador tiene que proteger a sus empleados en su lugar de trabajo, es prudente y necesario compensar a estos trabajadores que arriesgan su salud, con un salario igual a tiempo y medio, durante la vigencia de las órdenes ejecutivas impuestas por el Gobernadora y daremos esta lucha hasta que logremos nuestro objetivo”, dijo el también preside la Comisión de Gobierno de la Cámara.