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Demandan para revocar certificaciones de Edgardo Cruz Vélez a Alcaldía de Guánica

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Por Redacción Es Noticia

redaccion@esnoticiapr.com

 

Ismael “Titi” Rodríguez Ramos, quien juramentó a la alcaldía de Guánica por el Partido Popular Democrático (PPD), demandó para revocar las certificaciones que recibió el candidato independiente Edgardo Cruz Vélez por la Comisión Estatal de Elecciones (CEE).

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Ambas certificaciones le dan la ventaja a Cruz Vélez a la poltrona municipal por 55 votos.

En la madrugada del 15 de enero, la CEE emitió una certificación de resultados el cual le aseguraba la victoria en el recuento a Cruz Vélez por un total de 2,411 votos.

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Luego, la CEE notificó la Certificación de Desacuerdo-Resolución el 21 de enero donde reitera la ventaja de Cruz Vélez para el mismo total.

Según Rodríguez Ramos, la cantidad de votos es de 2,389, por lo que aduce que “aparecieron” 38 votos adicionales la madrugada del 15 de enero. Asimismo, señala que la CEE contabilizó papeletas no marcadas, contrario a la ordenanza del Tribunal Supremo.

“Hay más votos por nominación directa para el señor Cruz Vélez, que papeletas que en efecto han sido consideradas y adjudicadas como votos por nominación directa conforme a derecho”, detalla el documento.

Rodríguez Ramos mencionó que, de acuerdo a la CEE, los votos adjudicados a la candidatura de Cruz Vélez incluyen:

  • 2,335 votos por nominación directa
  • Un (1) voto de la Unidad 07
  • 21 votos por papeletas con marca fuera del encasillado
  • Dos (2) votos mixtos presuntamente restados a candidatos del PPD y el Partido Nuevo Progresista (PNP) y sumados al candidato a nominación directa
  • 14 papeletas con marcas del grupo de papeletas contabilizadas y adjudicadas antes del 21 de diciembre de 2020
  • 38 aparentemente duplicadas de la Unidad 75

“Ambas Certificaciones carecen de validez legal, en la medida en que las mismas son el resultado de un acto evidentemente ilegal de la CEE al extralimitarse en su limitada discreción a los fines de cumplir con una sentencia judicial”, lee la demanda.

“Ya sea por error o inadvertencia, o por interpretar de manera errónea lo ordenado por el Tribunal…lo cierto es que la actuación de la CEE fue arbitraria y no tiene base jurídica que permite sostenerla”, puntualiza.