Por Redacción Es Noticia
redaccion@esnoticiapr.com
El Senado aprobó durante el día de ayer -martes- una medida que propone enmendar la Ley de Pensiones por Muerte en el Cumplimiento del Deber.
Esto a pocos días del asesinato del oficial Eliezer Ramos Vélez, de 35 años, en los predios del residencial Sabana Abajo, en Carolina.
Con 26 votos a favor, el Proyecto del Senado 1448, propone establecer que sus beneficios apliquen a los empleados y sus beneficiarios en caso de incapacidad o muerte en el ejercicio de sus funciones, independientemente del programa de los Sistemas de Retiro a los que pertenezcan o hayan participado.
Además, la medida presentada por varios senadores, como el presidente senatorial, José Luis Dalmau Santiago y el senador Gregorio Matías Rosario, establece que la efectividad de esta ley sería retroactiva al 1 de enero de 2020.
La pieza legislativa establece que la Asamblea Legislativa considera que es un acto de justicia enmendar esta ley, para establecer que aplique a los servidores públicos cuando uno de estos se incapacite física o mentalmente para el servicio en el desempeño de sus funciones, o que fallezca en el cumplimiento de sus deberes oficiales.
“Con esta medida lo que pretendemos es hacer una enmienda a la Ley 127 porque nos percatamos de que la Junta de Control Fiscal excluyó a todos los policías, bomberos, penales que entraron en el 2000 de pagar una pensión a sus familiares si muere en servicio. Luego de los hechos que estremecieron al país donde asesinaron vilmente al sargento Eliezer Ramos, nos percatamos de que luego de que el compañero sirviera a la agencia de manera honrada, resulta que su familia va a quedar desamparada. La forma de honrar a un fallecido es honrando a su familia. Es doloroso para mí decir hoy que la familia del compañero asesinado está desprovista de ayuda alguna porque la Junta dijo que no es necesario”, sostuvo el senador Matias Rosario.
Además, se incluyó en el calendario de votación final la reconsideración del Sustitutivo de la Cámara al Proyecto de la Cámara 575 y al Proyecto de la Cámara 382, que propone enmendar la Ley de Armas de Puerto Rico.
Entre las enmiendas presentadas se destaca que los cónyuges o parejas por relación de afectividad análogas a la conyugal que viven bajo el mismo techo y que ambos poseen licencia de armas vigentes, podrán utilizar las armas de su pareja por relación de afectividad a la conyugal sin necesidad de que estén registradas a su nombre.
Asimismo, el Alto Cuerpo avaló los proyectos del Senado 438 reconsiderado, 604, 1174, 1214, 1307 y 1360; la Resolución Conjunta del Senado 455 y la Resolución del Senado 920. También, los proyectos de la Cámara 197, 993, 1421 y el 2035.