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Causa probable contra Abel Nazario en Comisión de Ética del Senado

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Por Redacción Es Noticia

redaccion@esnoticiapr.com

 

El Panel de Ciudadanos adscrito a la Comisión de Ética del Senado determinó por unanimidad que había causa probable contra del senador, Abel Nazario, en relación con una querella presentada por el presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, tras el segundo arresto realizado por las autoridades federales contra el senador por presuntas irregularidades cometidas con fondos federales durante su gestión como alcalde de Yauco.

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El presidente de la Comisión de Ética del Senado, senador Ángel Martínez Santiago, informó ayer que la determinanción de causa probable se desprende del informe del Panel de Ciudadanos que recibió la Comisión.

Martínez Santiago explicó que ahora procede otorgarle sesenta días al senador Nazario para que pueda reaccionar al fallo del Panel de Ciudadanos,  entre estas las que figura la posibilidad de solicitar audiencia ante los miembros de la Comisión de Ética.

A su vez, Martínez Santiago dijo que dicho organismo tiene sesenta días para ver en su fondo, la querella, presentada por el presidente del Senado.

“La Comisión de Ética se reunió los días 13 y 18 de febrero de 2020 para recibir el Informe y proceder con su análisis. Luego del correspondiente proceso deliberativo, los miembros de la Comisión de Ética, determinan por unanimidad de los presentes, aceptar el Informe del Panel de Representantes del Interés Público y dar curso a la querella a tenor con lo que dispone la sección 13 del Código de Ética”, indicó Martínez Santiago.

Según la Resolución emitida por la Comisión de Ética, sus miembros determinan, además, que la comunicación del presidente del Senado y el Informe constituyen, para todos los fines legales, como la Querella, para efectos de las etapas sucesivas bajo el Código de Ética. La Comisión de Ética evaluó el lenguaje de la citada sección 13  que de una lectura estricta se entiende que para dar curso a la querella bastaba con la notificación al presidente de la Comisión.

“No obstante para garantizar de la manera más amplia el debido proceso de ley, la Comisión en pleno atendió el informe y determinó que el término de sesenta días laborables comienza a de cursar al momento en que el senador Nazario sea notificado, que, dicho sea de paso, ambas partes, tanto el querellante como el querellado fueron notificados”, explicó el presidente de la Comisión de Ética de la Cámara Alta.