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CODEPOLA cataloga de inconstitucional PC 1875 y el PC 1921

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Por Redacción Es Noticia

redaccion@esnoticiapr.com

 

El presidente de la Corporación para la Defensa del Poseedor de Licencia de Armas de Puerto Rico (CODEPOLA), Ariel Torres Meléndez, catalogó los proyectos 1875 y 1921 por entender que atentan contra los derechos de los individuos y violan la constitución de los Estados Unidos y de Puerto Rico.

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“Es muy lamentable que utilicen el tema de la Ley de Armas de Puerto Rico para hacer ruido político y con ello decir ‘estamos haciendo algo’ o ‘escuchamos al pueblo’. Por otro lado, agradezco que los fieles enemigos de la Segunda Enmienda de la Constitución de nuestra nación, que nos cobija, se muestren públicamente radicando proyectos que claramente violan nuestros derechos y hasta de los mismos proponentes, algo realmente incomprensible”, expresó Torres Meléndez.

El representante Er Yazzer Morales Díaz, autor del Proyecto de la Cámara 1875, según el Presidente de CODEPOLA, pretende establecer que, cuando las personas enfrenten algún pleito civil o criminal, el Tribunal ordene desarmar a las partes si las mismas poseen licencia y armas de fuego.

Torres Meléndez consideró “absurdo” privar a un ciudadano de su derecho constitucional a defenderse en aras de ‘inferir’ que, en algún momento, pudiera sufrir alguna crisis y cometerá un delito. “Esto es como decir que no le otorguen licencia de conducir a alguien porque en el futuro podría tener un accidente de tránsito”, dijo.

Señaló que este proyecto atenta contra la presunción de inocencia e infiere sobre el carácter violento, agresivo o propenso a cometer un delito o atentar contra su vida.

Recalcó que “el Estado no puede legislar para provocar inferencias”. Indicó que, el Tribunal Supremo de Puerto Rico se ha expresado con relación a este particular en varias ocasiones.

Por su parte, la representante Gretchen Hau, quien radicó el Proyecto de la Cámara 1921 a petición de la ciudadana Nagelys C. Viera Viera, a los fines de “disponer como requisito que toda persona que desee adquirir o renovar su licencia de armas, deberá presentar un examen psicológico o psiquiátrico, certificado por un profesional licenciado en el campo; y requerirlo de igual forma cuando se pretenda la devolución de arma en el caso de ser removida por cualquier circunstancia”.

Torres Meléndez aseguró que “de entrada es inconstitucional”. Sin embargo, provoca una interesante discusión luego de leerlo y analizarlo. Dice que Puerto Rico se encuentra en la décima (10) posición de los países con mayor incidencia de muertes a causa de armas de fuego; pero no menciona qué porcentaje de estas muertes se relaciona al narcotráfico, ni tampoco que las armas utilizadas en un 97.9 % de estos casos son producto del tráfico ilegal de armas debido a la falta de inacción del Gobierno en los muelles, planteó Torres Meléndez.

“Comparar a Puerto Rico, donde su portación de arma es de forma oculta y no ostentosa vs el estado de Texas, que es de forma abierta, plantea claramente el desconocimiento que tienen sobre la Ley de Armas (168-2019). Estas comparables no son reales”, indicó en un comunicado de prensa.

Asimismo, destacó que la pieza legislativa señala que Puerto Rico presenta problemas psicosociales relacionados con la salud mental, considerándolo un factor de riesgo para la seguridad pública.

“Ya perdí la cuenta de las veces que he dicho que los profesionales de la salud mental no quisieron deponer durante las vistas públicas sobre la nueva Ley de Armas y fueron claros es su posición. En privado, un psiquiatra me habló de un caso donde el paciente estaba respondiendo al tratamiento perfectamente y horas después de salir de su consultorio se suicidó. Moraleja: ningún profesional de la salud puede garantizar 100 porciento que una persona no enfrentará alguna crisis emocional en su vida, mucho menos puede utilizar su licencia profesional como médico para fomentar la pérdida de un derecho Constitucional basado es su intuición sobre lo que piensa que va a pasar en el futuro”, relató el presidente de CODEPOLA.

Señaló que las agencias de ley y orden definidas en la Ley 168-2019 le realizan un examen psicológico a todo personal reclutado. Es el profesional de la salud mental, pagado por el Estado, quien certifica que ese nuevo agente podrá tener acceso a un arma de fuego.

“Ahora recordemos los últimos incidentes de violencia de género donde el agresor fue un agente del orden público. ¿Quién falló? ¿El estado o la persona? En el incidente de policía que asesinó a una pareja de adultos mayores en Isabela y el policía que disparó a su esposa, también agente del orden público, quién llegó hasta el cuartel en Salinas, pero no pudieron salvarle la vida: ¿quién falló? ¿El estado o la persona? Ciertamente, fue un profesional de la salud quien le certificó al Estado que eran personas aptas para portar armas”, resumió Torres Meléndez.

En ningún estado de la nación americana se realizan estudios psicológicos para ejercer tu derecho constitucional de carácter fundamental a defenderte. A todas estas, se les olvidó hablar sobre los altos costos de una consulta con un profesional de la salud mental. “Intentan penalizar a los que quieren ejercer su derecho constitucional, imponiéndole un gasto adicional”.