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Conflictivos cambios a cubierta de derramas por decisión del ex comisionado de seguros

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Por Miguel Díaz Román

redaccion@esnoticiapr.com

 

Una carta normativa emitida en el 2019 por el ex Comisionado de Seguros, Javier Rivera Ríos, introdujo cambios en la cubierta para las derramas en las pólizas individuales para apartamentos de condominios que beneficiará grandemente a las compañías aseguradoras pero afectará a los consumidores, quienes podrían quedar sin cobrar un centavo en caso de derramas y en medio de agrias disputas, sostuvo Richard Dunnam, quien es consultor educativo en seguros.

La carta normativa 252 D, emitida por River Ríos el 8 de noviembre del 2019, dispone que la cubierta para derramas en las pólizas individuales para bienes privativos de apartamentos, conocidas como HO-6, solo pagará las pérdidas por derramas que ocurran y se impongan durante la vigencia de la póliza y no como tradicionalmente han operado estas cubiertas, que pagan las derramas que imponga el Consejo de Titulares, aunque el evento catastrófico haya ocurrido antes de la vigencia de la póliza.

De acuerdo con Dunnam, la carta normativa aprobada por Rivera Ríos preparó el camino para que las aseguradoras se ahorraran miles de dólares en reclamaciones por derramas relacionadas con pérdidas causadas por el huracán María, que áun están en controversia o esperan por determinanciones en los tribunales.

De hecho, la decisión del ex comisionado de seguros, quien fue despedido fulminantemente por la gobernadora Wanda Vázquez Garced, fue realizada ocho meses antes de que se emitiera otra carta normativa, cuyo efecto directo es que causará un incremento extraodinario en las ventas de las pólizas HO-6.

La carta normativa, la 281-D del 2020, emitida por el subcomisionado de seguros, Rafael Cestero, que entró en vigor el 1 de agosto, estableció que las pólizas para condominios serán las que se conocen como “Bare-Walls”, que solo ofrecen protección para las áreas comunes.

Para los bienes privativos los titulares deberán contratar una póliza HO-6. Los bienes privativos incluyen aquellos adheridos a la estructura, que son los que integran los apartamentos al momento de su adquisición tales como gabinetes de cocina, lozetas y puertas. Como resultado directo de esta disposición, las pólizas “Full Value”, que ofrecen protección para las áreas comunes y para los elementos privativos, ya no serán una alternativa para los Consejos de Titulares de condominios.

“Esta carta normativa, que le quita beneficio prospectivo de derramas al titular, resultará en que las aseguradoras que ahora empezaron a emitir sus HO-6 desde el 1 de agosto pasado no tengan que pagar posibles derramas. Esto, por el contrario, es en detrimento del asegurado porque el asegurador ya no tendrá que pagar sus responsabilidades de derramas a tono con la póliza. Resulta sorpresivo y coincidente el hecho de que ocho meses antes de que entrara el mandato de “bare walls” y HO-6 para titulares, hayan emitido una normativa que elimina el beneificio prospectivo de derramas para titulares y a su vez, con dicha decisión, le ahorra miles de dólares a las aseguradoras”, dijo Dunnam.

El especialista en seguros sostuvo que la Insurance Services Office (ISO), quien promulga los formularios de cubiertas para Estados Unidos y Puerto Rico, establece que las derramas que imponga el Consejos de Titulares serán pagadas por las pólizas HO-6 vigentes, sin importar cuándo ocurrió la pérdida.

“El ISO y todas sus aseguradoras participantes siempre han clasificado las imposiciones de derramas como un reclamo que es separado de la ocurrencia del evento y así rezan los contratos de seguros desde el 1991 en toda la nación. Hay consejos que establecen derramas y hay otros que no. Las derramas pueden ser impuestas de manera inmediata o pueden tomar meses o años. Es más, no existe forma de prever si un consejo hubiese de imponer una derrama o no, hasta que llegue ese momento de reconciliar cuentas”, dijo Dunnam.

Indicó que la nueva interpretación que produjo Rivera Ríos provocará graves dificultades a los asegurados debido a que la imposición de una derrama puede tardar años, tiempo durante el cual un asegurador puede salir del mercado por diversas razones, lo que dejará al asegurado sin poder reclamar el beneficio de la póliza por la que pagó.

“Según dicha carta normativa, cualquier titular asegurado que hubiese tenido su HO-6 con Real Legacy o Integrand Assurance para la fecha del evento del huracán María, no logrará cobrar derrama alguna”, dijo Dunnam, en referencia a dos aseguradoras que ya no existen en el mercado, luego de que fueran intervenidas por la Oficina del Comisionado de Seguros.

En otro ejemplo presentado por Dunnam, los nuevos propietarios de un apartamentos cuyo condominio haya sufrido pérdidas durante el huracán María y el Consejo de Titulares acordó imponer una derrama para recobrar el monto del deducible del condominio, no tendrán oportunidad alguna para realizar el reclamo.

“La derrama será impuesta a la unidad y al nuevo dueño. Al nuevo dueño no haber sido propietario ni haber tenido póliza para esa unidad, ya que al momento del huracán no era el propietario, no tendrá cubierta en ninguna póliza. No podrá reclamar a la aseguradora que emitió la HO-6 vigente durante el evento y tampoco lo podrá hacer a la HO-6 que adquirió cuando compró el apartamento ”, explicó Dunnam.

Agregó que a pesar de que la decisión tomada por Rivera Ríos puede provocar numerosos conflictos entre distintas aseguradoras y con los asegurados, la carta normativa no ofrece soluciones para tales escenarios problemáticos.

“Puedo visualizar posibles efectos de negación a pagar aludiendo a que aunque la carta normativa dice una cosa, el contrato de seguros dice otra cosa. Este es el típico “no me toca a mí, te toca a ti”. La aseguradora A es la que tiene que pagar a tono con la póliza de HO-6, pero como la carta normativa requiere lo contrario, obligando a la aseguradora B y se creará un conflicto”, dijo Dunnam.

Indicó que entre los afectados no solo figuran los titulares de condominios, sino también dueños de viviendas en urbanizaciones con controles de acceso, cuyos residentes integran una asociación. Según Dunnam, el efecto de la carta normativa emitida por Rivera Ríos, afectará a todo aquel asegurado que resida en un inmueble regido por una asociación o corporación de dueños de propiedad.

Otro aspecto intrigante sobre la determinación del ex comisonado de seguros, es que no se establecen las razones objetivas que llevaron al funcionario a emitir la controvertible carta normativa y quién o quienes la promovieron. Sostuvo que el documento solo alude “a una interrogante presentada en la OCS sobre si el beneficio de la cubierta de derrama se aplicará tomando en consideración la fecha en que ocurre la pérdida o la fecha en que se impone la derrama al asegurado”.

Por último, Dunnam indicó que es preocupante que los Comisionados de Seguros modifiquen unilateralmente el contenido de las pólizas de seguro por medio del mecanismo de cartas normativas y motivados por razones que no están claramente explicadas y que no responden al interés público.