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Designan FEI a la representante Mariana Nogales

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Por CyberNews

redaccion@esnoticiapr.com

 

La representante Mariana Nogales Molinelli será objeto de una pesquisa a fondo por parte de un Fiscal Especial Independiente, luego que el Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (PFEI) acogiera este lunes, una recomendación en ese sentido formulada por el Departamento de Justicia (DJPR).

La Oficina de Prensa de la entidad informó que el Panel designó al Lcdo. Ramón M. Mendoza Rosario, como Fiscal Especial Independiente para que realice la investigación sobre los hallazgos preliminares remitidos por el Secretario de Justicia, Domingo Emanuelli.

El curso legal de la pesquisa se inició tras formalizarse tres querellas ante Justicia por parte de los senadores Thomas Rivera Schatz y Gregorio Matías, así como del Director de la Oficina de Ética Gubernamental, Luis Pérez Vargas.

El informe remitido al PFEI por la División de Integridad Pública y Asuntos del Contralor del DJPR aduce, que varias actuaciones de la representante Nogales Molinelli podrían ser constitutivas de delito.

Aunque el Informe de investigación de Justicia contiene otra serie de elementos, las querellas están centradas en el contenido del Informe Financiero de la Rama Legislativa presentado por Nogales Molinelli, así como, en varias versiones públicas ofrecidas por dicha representante, las cuales aparentan ser contradictorias.

Se alega que la representante dejó de incluir información relevante y sustancial sobre sus propiedades, participaciones, nombramientos o cargos, tanto en corporaciones privadas como en puestos gubernamentales, La información que se vierte en el Informe Financiero de la Legislatura se presenta bajo pena de perjurio.

Se aducen, además, ciertas irregularidades relacionadas con la información que no constaba en las oficinas del CRIM. También, el alegado incumplimiento con la Ley 272-2003 conocida como Ley del Impuesto sobre el Canon por Ocupación de Habitación.

Con esa encomienda, se le extendió al Fiscal Mendoza Rosario, el término inicial de 90 días que dispone la Ley 2-1988, para realizar dicha investigación.