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Gobernadora radica medida que limita la compensación por impericia médica en emergencia coronavirus

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Por Redacción Es Noticia

redaccion@esnoticapr.com.

Una medida que limita entre $75,000 y $150,000 las reclamaciones por daños causados por impericia médica durante la pandemia del coronavirus y que beneficia a la clase médica y a los hospitales del sector privado, fue presentada ayer en la Legislatura por la gobernadora Wanda Vázquez Garced.

En declaraciones escritas la primera ejecutiva explicó que «el Proyecto del Senado 1575 enmienda la Ley 104 del 29 de junio de 1955, conocida como la Ley de Reclamaciones y Demandas contra el Estado, que incluye daños, perjuicios e impericia médica, para extender a los profesionales de la salud privados la protección de los topes de dicha ley, que cubre a las instituciones de salud del gobierno, en circunstancias cuando asistan al estado y sea decretado un estado de emergencia».

La medida extiende, por un periodo de tiempo restringido, la protección estatutaria que limita las cuantías concedidas por daños a 75,000 dólares por persona o por causa, hasta el tope 150,000 dólares, provista en las acciones por daños y perjuicios por actos de impericia médico- hospitalaria a los profesionales de la salud que laboren en instituciones privadas

Actualmente, durante esta emergencia de salud pública, estos entes privados están colaborando con personal y facilidades en iguales circunstancias que los profesionales de la salud empleados por el gobierno.

Vázquez Garced dijo que mediante la orden ejecutiva 2020-036, se habían extendido los topes del estado a toda facilidad o profesional de la salud que, sin apartarse de la mejor práctica de la profesión y mediando la prestación de servicios de salud bajo el estándar de cuidado razonable, cometa actos negligentes durante la emergencia.

“Con esta medida, no solo lo estamos legislando para la actual situación del COVID-19, sino que lo extiende a cualquier estado de emergencia de salud futuro”, dijo la gobernadora en el comunicado de prensa.

“Esta protección temporera repercute en la maximización del acceso a atención médica y salubrista para el pueblo de Puerto Rico en momentos de emergencias. No obstante, el proyecto especifica que esto no priva a un ciudadano a instar su reclamación de impericia médica, según es reconocido legalmente. En ninguna circunstancia se limita el derecho que ostenta cada ciudadano a que se le concedan remedios cuando sean víctimas de algún daño o perjuicio. Además, solo se activa si el servicio no se apartó de la mejor práctica de la profesión y medió la prestación de servicios de salud bajo el estándar de cuidado razonable”, dijo la gobernadora.

La medida fue aprobada por el Senado durante la tarde ayer lunes y ahora pasa a la Cámara de Representantes para su evaluación.