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Prohiben el desembolso de fondos públicos a organización sin fines de lucros que no cumplan con los requisitos

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Por CyberNews

redaccion@esnoticiapr.com

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Varias leyes en Puerto Rico establecen que las organizaciones sin fines de lucro (OSFL) que no estén en cumplimiento con los departamentos de Estado y Hacienda no deben recibir fondos públicos. Si una OSFL recibe y desembolsa dichos fondos sin estar al día, estará sujeta al recobro por el Estado.

“Ningún funcionario público o electo puede asignar fondos a una entidad que no esté al día en sus responsabilidades”, señaló la Contralora, Yesmín Valdivieso en declaraciones escritas.

Los legisladores deben tener en cuenta el uso específico de los fondos, tal como lo establece la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y lo resuelto por el Tribunal Supremo de Puerto Rico.

“No procede el desembolso de fondos públicos a estas organizaciones, ya sean los mismos para su uso o para que esta sirva de intermediaria en el desembolso a un tercero. De recibir y desembolsar los fondos, sin estar en cumplimiento, la OSFL está sujeta al recobro de estos por el Estado”, añadió.

Explicó que es esencial que, antes de asignar fondos públicos, se evalúe si la OSFL está capacitada para realizar el trabajo o el servicio para el cual se asignan los fondos.

La Oficina del Contralor insta a todas las OSFL a estar al día con todas las entidades gubernamentales requeridas y a los funcionarios públicos o electos a verificar el cumplimiento de las OSFL antes de asignar fondos. Para orientación, se publicó el folleto “Organizaciones sin fines de lucro, uso de la propiedad y de los fondos públicos”, disponible en www.ocpr.gov.pr.

“Quien no cumpla con estas disposiciones deberá rembolsar los fondos públicos desembolsados de manera ilegal”, concluyó Valdivieso.