Por Redacción Es Noticia
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El Tribunal de Primera Instancia de San Juan declaró inconstitucional la colegiación obligatoria de los ingenieros y agrimensores, en un caso radicado por ocho agrimensores quienes retaron la constitucionalidad de la colegiación obligatoria como condición para ejercer en la isla la profesión de la ingeniería y la agrimensura.
“Compeler a los demandantes a pertenecer a un colegio que no los representa, con el que difieren de sus acciones y expresiones institucionales constituye una violación a sus derechos constitucionales”, dijo el licenciado Armando Del Valle Muñoz, abogado de los ocho agrimensores demandantes.
Destacó además que, aunque la reglamentación de la ingeniería y la agrimensura es un asunto de importancia social, “es mediante la Junta Examinadora de Ingenieros y Agrimensores de Puerto Rico que se logra salvaguardar ese interés público y no a través de la colegiación obligatoria”.
La decisión del tribunal tiene su origen en la demanda presentada el 16 de julio de 2019 por un grupo de ocho agrimensores licenciados, argumentando que la colegiación forzada al Colegio de Ingenieros y Agrimensores violentaba el derecho fundamental de éstos a la libertad de asociación, consagrado en la Constitución de Puerto Rico.
El licenciado Del Valle Muñoz señaló que la Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia es cónsona con el estado de derecho establecido por el Tribunal Supremo en Rodríguez Casillas v. ELA, caso en el que se declaró inconstitucional la colegiación obligatoria de los técnicos y mecánicos automotrices.
“El momento es oportuno para que la Asamblea Legislativa proceda de una vez con la aprobación de los proyectos de ley presentados por el representante José Aponte en septiembre de 2018, en los que se dispone la eliminación de la colegiación obligatoria en el resto de las profesiones. No hacer nada envía un mensaje equivocado a la ciudadanía”, señaló el abogado.