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Contralor Electoral confirma investigación contra el alcalde de Santa Isabel

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Por Redacción Es Noticia
redaccion@esnoticiapr.com

 

El secretario general del Partido Nuevo Progresista (PNP) Hiram Torres Montalvo, informó hoy -martes- que el Contralor Electoral de Puerto Rico (OCE) acogió la querella para investigar presuntos actos de malversación de fondos públicos cometidos por el alcalde del municipio de Santa Isabel, Rafael ‘Billy’ Burgos.

«En el día de ayer, la Oficina del Contralor Electoral nos confirmó, mediante carta, que dicha entidad ya inició una investigación sobre las acciones ilegales del alcalde de Santa Isabel relacionado con un esquema de corrupción pública para utilizar fondos del pueblo con propósitos de hacer material para su campaña político partidista», explicó el secretario general del PNP.

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Torres Montalvo alegó en la querella, que el alcalde de Santa Isabel contrató, con fondos públicos, los servicios del artista de merengue Máximo Antonio del Rosario, conocido como ‘Toño’ Rosario, para amenizar las fiestas patronales de dicho municipio el 5 de octubre de 2024.

El costo de la participación del merenguero fue de $50,000 (contrato registrado 2025-000073). Sin embargo, durante su presentación, el artista cantó el ‘jingle’ de la campaña político partidista del alcalde ‘Dale Billy Dale’.

«En síntesis, el Municipio pagó 50 mil dólares para que se cantara el ‘jingle’ de campaña del alcalde en una actividad oficial», añadió.

Según Torres Montalvo, el alcalde violentó la Ley 222-0211, conocida como la «Ley para la Fiscalización del Financiamiento de Campañas Políticas en Puerto Rico», que «prohíbe a los gobiernos municipales, desembolsar fondos públicos con el propósito de exponer logros, realizaciones, proyecciones, planes o mensajes y contenidos con fines político-partidistas o electorales».

Además, indicó que este no observó el Artículo 4.2 (b) de la Ley 1-2012, conocida como la «Ley de Ética Gubernamental de Puerto Rico», en la que se establece que «un servidor público no puede utilizar los deberes y las facultades de su cargo ni la propiedad o los fondos públicos para obtener, directa o indirectamente, para él o para una persona privada o negocio, cualquier beneficio que no esté permitido por ley».