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Proyecto en el Senado propone regulación estricta para servicios estéticos y sueroterapia en Puerto Rico

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Por Redacción Es Noticia
redaccion@esnoticiapr.com

Un nuevo proyecto de ley presentado en el Senado busca establecer un marco regulatorio más riguroso para los servicios estéticos y de sueroterapia en la Isla, incluyendo requisitos de licencias, supervisión médica obligatoria y multas de hasta $10,000 por incumplimiento.

La medida, identificada como el Proyecto del Senado 971, fue radicada por el senador Juan Oscar Morales, quien preside la Comisión de Salud. La propuesta pretende crear la “Ley para la Regulación Integral de los Servicios Estéticos y Sueroterapia en Puerto Rico”, con el objetivo de definir claramente quiénes pueden ofrecer estos servicios, bajo qué condiciones y con qué controles.

Entre sus disposiciones principales, el proyecto establece que todo centro dedicado a estos servicios deberá contar con una licencia del Departamento de Salud, la cual deberá renovarse cada dos años. Asimismo, los establecimientos tendrán que cumplir con requisitos de infraestructura, salubridad y someterse a inspecciones periódicas.

El proyecto también dispone que ningún procedimiento mínimamente invasivo ni terapias intravenosas podrán realizarse sin la supervisión de un médico autorizado, reforzando así los controles sobre la práctica.

Como parte de las protecciones al paciente, la medida exige la firma de un consentimiento informado previo a cualquier tratamiento. Este documento deberá detallar los riesgos, alternativas y posibles complicaciones, y tendrá que conservarse por un periodo mínimo de cinco años. Además, se establecen regulaciones sobre la publicidad, prohibiendo afirmaciones engañosas y la promoción de productos no aprobados por las autoridades regulatorias.

En el caso específico de la sueroterapia, el proyecto impone requisitos adicionales como la habilitación de áreas de preparación estéril, el registro detallado de los productos utilizados y del personal que administra los tratamientos, así como la obligación de reportar complicaciones graves al Departamento de Salud en un plazo no mayor de 72 horas.

En cuanto a penalidades, la medida contempla multas administrativas que oscilan entre $5,000 y $10,000 por cada infracción. También prevé sanciones adicionales, como la suspensión de licencias, el cierre de establecimientos o referidos a juntas examinadoras.

El documento legislativo surge en respuesta al crecimiento acelerado de clínicas estéticas, “med spa” y centros de sueroterapia en Puerto Rico, así como a preocupaciones sobre la falta de regulación y los posibles riesgos a la salud pública.

En declaraciones recientes a NotiUno, Morales indicó que también se evalúa la posibilidad de establecer una licencia o legislación separada específicamente para regular la sueroterapia, lo que podría implicar requisitos adicionales a los contemplados en el proyecto actual. No obstante, aclaró que la medida aún se encuentra en evaluación y podría ser objeto de enmiendas.