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Por Redación Es Noticia
redaccion@esnoticiapr.com
PONCE – La alcaldesa María Meléndez Altieri rechazó que violara la ley al cobrar $15,575 de liquidación de su licencia por vacaciones asegurando que la Ordenanza que prohíbe que los empleados no cobren dicho beneficio no le aplica a ella.
“Aquí no hay ninguna ilegalidad, no hay ningún referido al FEI. Aquí se ha procedido conforme a la ley en todo el proceso. Soy una mujer honesta y no voy a poner en juego mi credibilidad por nada”, expresó en un comunicado de prensa.
La Asociación de Empleados del Municipio de Ponce acudió a la Oficina del Fiscal Especial Independiente para solicitar que se investigue a la alcaldesa de Ponce por cobrar la licencia por vacaciones que no le correspondía.
«El pasado viernes, 15 de noviembre de 2019 y bajo la querella número 2019-039 se radicó ante la Unidad de Procedimiento Administrativo Disciplinario (UPAD) de la Oficina del Fiscal Especial Independiente (FEI) documentos que muestran que a pesar de aprobada una ordenanza que elimina el pago por concepto del exceso de vacaciones y enfermedad, entre otros, desde el año 2018, tanto la Alcaldesa como la Secretaria Municipal cobraron sus respectivas liquidaciones de vacaciones el 28 de junio de 2019 con montos ascendentes a $15,575.00 y $23,343.75, respectivamente», indicó Mayra Rivera Nazario, empleada municipal y presidenta de la Asociación.
La alcaldesa no tardó en reaccionar. Dijo que «bajo ninguna circunstancia esta Ordenanza le aplica al puesto de Alcalde. Por la naturaleza del mismo, no me aplica esta Ordenanza. De acuerdo a la Ley 81, de Municipios Autónomos, mi puesto se define como funcionario y no como empleado municipal”.
Explicó que la Ley de Municipios Autónomos de Puerto Rico indica que un empleado es toda persona que ocupe un puesto y empleo en el gobierno municipal que no esté investido de parte de la soberanía del gobierno municipal y comprende los empleados regulares, irregulares, de confianza, empleados con nombramientos transitorios y los que estén en período probatorio.
Mientras, el funcionario municipal es toda persona que ocupe un cargo público electivo de nivel municipal, el Secretario de la Legislatura y los directores de las unidades administrativas de la Rama Ejecutiva Municipal.
“Solicitarle a un Alcalde que, es la máxima autoridad en el Municipio, que uno mismo se aplique un plan para agotar los días de exceso por vacaciones es un absurdo”, sentenció.
“Las funciones y condiciones de trabajo de un Alcalde son muy distintas a las de un empleado que trabaja de lunes a viernes de 8:00 am a 4:30 pm. Nuestra disponibilidad es constante, incluyendo horarios irregulares”, dijo.
Explicó que la ordenanza (Número 5, Serie 2018-2019) mantiene el beneficio de vacaciones a todos los empleados. Lo que obliga es a que el director de su dependencia establezca un plan de trabajo que le permita disfrutar de sus vacaciones cada año como corresponde en ley.
“No obstante, si reconocemos que la ordenanza necesita ser revisada. Vamos a revisar la aplicación prospectiva de la ordenanza para los directores. Insisto en que, según la ley de Municipios Autónomos, ellos no son empleados. Los directores de unidades administrativas de la rama ejecutiva municipal son funcionarios y la ordenanza no los incluye”, manifestó la Ejecutivo Municipal.
“Decir que aquí hubo una ilegalidad es falso”, recalcó Meléndez Altieri. “Definitivamente queda totalmente evidenciada la patraña politiquera, cuando esos pagos se emitieron en junio pasado. La oposición sabe que mi honestidad es lo que los derrota porque lo único que hacen ellos es mentirle al pueblo”, puntualizó.