Por Redacción Es Noticia
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El Gobierno emitió la Determinación Administrativa 20-11 para extender la exención temporera del pago del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) a los alimentos preparados.
“La Determinación Administrativa extiende el periodo de Exención Temporera de IVU en alimentos preparados hasta el domingo, 3 de mayo de 2020. Continuamos estableciendo medidas en favor de todos los ciudadanos ante la emergencia de salud que enfrentamos por el COVID-19”, expresó la gobernadora Wanda Vázquez Garced.
El secretario del Departamento de Hacienda, Francisco Parés Alicea, explicó que la vigencia de la primera Determinación Administrativa 20-08 de exención temporera en el pago del IVU, culmina mañana domingo, 19 de abril a las 11:59 pm y la nueva publicación entrará en vigor el lunes, 20 de abril a las 12:00 am.
Detalló que, además de alimentos preparados, incluye bebidas carbonatadas, productos de repostería y dulces, según definidos en la Sección 4010.01 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011. No será aplicable a la venta de bebidas alcohólicas.
“A tenor con la Orden Ejecutiva 2020-033, que extiende el cierre total y el toque de queda a partir de las 7:00 pm hasta las 5:00 am (hasta el 3 de mayo) hemos extendido la exención temporera del IVU en alimentos preparados. No obstante, estaremos evaluando la posibilidad de extenderlo por más tiempo dependiendo de las circunstancias a la fecha de vencimiento de este periodo”, afirmó el secretario.
Cualquier incumplimiento relacionado con las disposiciones de la Determinación Administrativa podrá ser informado a través de SURI Confidencia en suri.hacienda.pr.gov.