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ASPPRO pide al Supremo divulgar grabaciones del caso de Andrea Ruiz Costas

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Por CyberNews

redaccion@esnoticiapr.com

 

La Asociación de Periodistas de Puerto Rico sometió hoy -miércoles- ante el Tribunal Supremo, una segunda moción de reconsideración para que ordene la entrega inmediata de las regrabaciones del caso de Andrea Ruiz Costas.

Ruiz Costas -de 35 años de edad- falleció a manos de su expareja –Miguel Ocasio Santiago- el pasado 29 de abril.

Ruiz Costas temía por su vida, por lo que solicitó una orden de protección. Sin embargo, la Ingrid D. Alvarado Rodríguez-del Tribunal de Caguas-no encontró causa para arrestar a Ocasio Santiago, quien llegó a su sala acusado de violencia doméstica.

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“La ciudadanía tiene derecho a tener acceso a la información y el tribunal tiene la obligación de ser transparente en sus procesos. Tenemos que insistir en nuestro reclamo. La Rama Judicial no puede estar exenta de fiscalización y el pueblo tiene derecho a conocer lo que pasó”, señaló Damaris Suárez, presidenta de la Asppro en comunicación escrita.

La ASPPRO solicitó además, como alternativa a la divulgación de las grabaciones, que conceda una vista oral o que se devuelva el caso al Tribunal de Primera Instancia para la continuación de los procedimientos.

“Aunque la intención de este Honorable Tribunal sea la protección ´prospectiva´ de futuras víctimas, a quien único se termina protegiendo es a los tribunales”, declara la organización en la moción y en respuesta a la Orden Protectora que emitió por iniciativa propia el Tribunal de Primera Instancia con el propósito de prohibir la entrega de las grabaciones.

El gremio periodístico, que recibió un “no ha lugar” a la primera moción de reconsideración que sometió tras la sentencia del 10 de mayo prohibiendo la divulgación de las grabaciones, señaló los errores cometidos por los tribunales en el proceso. Insistió en que “el Tribunal emitió una sentencia carente de análisis” constitucional que “en su contenido y en su proceso arroja una gran sombra a los procesos y crea un grado de desconfianza” que puede repararse si acoge esta segunda solicitud de reconsideración.

En la moción la ASPPRO también expresa que “la forma en que se resuelve la presente controversia resulta, además, contraria a la reiterada jurisprudencia que este propio Tribunal ha establecido sobre el derecho al acceso a la información pública. El ejercicio del derecho al acceso a la información está estrechamente vinculado con los derechos de libertad de expresión, prensa y asociación”.