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Contralor señala deficiencias en pagos a empleados en Salinas

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Por Redacción Es Noticia

redaccion@esnoticiapr.com

 

La Oficina del Contralor señaló deficiencias en los pagos a empleados del municipio de Salinas entre julio de 2014 a junio de 2018.

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Durante este periodo, el municipio otorgó diferenciales de sueldo a tres empleados y una funcionaria municipal, que fluctuaban de $300 a $527 mensuales.

El 18 de septiembre de 2017, la alcaldesa Karilyn Bonilla Colón designó a la ayudante administrativa Jessica González Carbonell al puesto de directora de Finanzas interina.

El propósito era que fungiera como directora y, simultáneamente, ejecutara sus tareas regulares.

Sin embargo, el nombramiento de la funcionaria no cumplía con los requisitos mínimos de preparación académica y experiencia dispuestos en el Reglamento de Retribución y el Plan de Clasificación de Puestos y Retribución del Servicio de Confianza, especificó el Contralor.

González Carbonell devengaba un sueldo mensual de $3,420 al momento y, al día siguiente de su designación, se le concedió un diferencial de $527 por ambos puestos, lo que elevó su compensación a $3,947 mensuales.

Desde ese entonces, el municipio le pagó sueldos de $36,735, de los cuales $4,245 correspondían al diferencial concedido entre el 30 de septiembre de 2017 al 28 de junio de 2018.

“El diferencial otorgado no correspondía, ya que el puesto de ayudante administrativa tiene una clasificación superior al de la directora de Finanzas y pertenece a una escala de retribución más alta”, lee el informe.

Bonilla Colón se amparó en que la designación de González Carbonell fue a raíz de que carecían personas disponibles que contaran con los requisitos necesarios para ocupar el puesto, especialmente tras los fenómenos atmosféricos desde el 2017.

“Es de todos conocido que posterior a ese evento, Puerto Rico experimentó una emigración masiva y con ello la fuga de talentos y por consiguiente una disminución en el personal disponible, haciendo más difícil el reclutamiento. Así también, a finales del 2019 y comienzo del 2020, tuvimos la emergencia causada por los terremotos en el área sur y luego en marzo, la emergencia del COVID-19, que aún seguimos enfrentando. En ese sentido, en estos últimos dos años, el proceso de reclutamiento de personal se ha visto afectado por dichas razones”, disintió Bonilla Colón.

También recalcó que el reclutamiento se llevó a cabo bajo “situaciones extraordinarias”.

“Ella se mantuvo siempre como Ayudante Administrativo y mientras llevaba a cabo dichas funciones, le fue requerido realizar unas funciones adicionales que de ordinario realizaría el Director de Finanzas. Por lo anterior, entendemos que el Municipio cumplió con lo establecido en la Ley y procedió conforme a derecho, por lo que no procede el hacer un señalamiento de pago indebido y mucho menos el recobro de un diferencial que fue pagado de conformidad con la Ley, así también entendemos, que las acciones y decisiones tomadas por la funcionaria en el ejercicio de sus funciones estaban debidamente autorizadas”, subrayó.

El Contralor, por su parte, determinó que el hallazgo aún prevalecerá.

“La evidencia recopilada por nuestros auditores demuestra que la funcionaria no contaba con la preparación académica ni la experiencia requerida. Por otra parte, bajo las funciones del puesto de ayudante administrativa se contempla que la funcionaria realiza cualquier otra función encomendada por la alcaldesa. Por esto, no tenía derecho al pago de un diferencial en sueldo”, reiteró.

Las recomendaciones subsiguientes son que:

  • El presidente de la legislatura municipal evalúe una acción legal contra la alcaldesa para que pague los $7,39, equivalentes al importe pagado por los diferenciales de sueldo mencionados
  • La directora de la Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos evalúe las acciones posteriores
  • La Oficina de Gerencia Municipal se asegure de que el municipio cumpla con el Plan de Acción Correctiva
  • La alcaldesa se asegure que se nombren personas que cumplan con los requisitos mínimos de preparación académica y experiencia establecidos en la Ley 81-1991 y en el Plan de Clasificación de Puestos y Retribución del Servicio de Confianza, indique funciones y tareas adicionales por las cuales se otorgan diferenciales en sueldo a los empleados municipales, los nombramientos en puestos de carrera correspondan a puestos que estén incluidos en el Plan de Clasificación y Retribución del Servicio de Carrera del Municipio de Salinas y no se repitan las deficiencias relacionada con los diferenciales de sueldo.

Otra deficiencia

Por otro lado, el Contralor también señaló otra deficiencia en la contratación de un inspector de permisos.

Cuando Salinas se unió con los municipios de Coamo, Cayey y Villalba para crear un consorcio, la oficina de permisos carecía de un inspector.

Para el puesto, la Oficina de Ordenamiento Territorial del Municipio identificó a un empleado el 12 de marzo de 2018.

La alcaldesa aprobó su nombramiento mediante un informe de cambio en el cual se determinó otorgarle un diferencial de $300 mensuales por tareas adicionales a las de su puesto.

Cuando se le concedió el diferencial el 16 de agosto de 2017, el empleado devengaba un sueldo mensual de $1,193, por lo que su compensación se elevó a $1,493 mensuales.

Este empleado continuó con el diferencial, aunque no ejecutaba las mismas funciones. Además, efectuó recaudos hasta el 12 de septiembre de 2017. A pesar de se dedicó exclusivamente a las funciones de inspector de permisos, para el 30 de junio de 2018 continuaba recibiendo el pago del diferencial.

Del 30 de agosto de 2017 al 28 de junio de 2018, el Municipio pagó sueldos por $16,885 a dicho empleado, de los cuales $3,150 correspondían al diferencial de sueldo concedido.

“El diferencial de sueldo por realizar las tareas adicionales correspondientes al inspector de permisos, no podía ser otorgado, debido a que esa clase de puesto no está incluida en los planes de clasificación y retribución para el servicio de carrera del Municipio de Salinas ni de los tres municipios adicionales que componen el Consorcio, por lo que procede el recobro del dinero ilegalmente pagado”, señaló.