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DACO establece proceso expedito de querellas contra hospedajes de estudiantes

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Por Redacción Es Noticia

redaccion@esnoticiapr.com

 

El Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) anunció hoy -miércoles- que toda queja o querella que se presente contra un negocio de hospedajes para estudiantes será atendida bajo un proceso expedito que ayude a garantizar el cumplimiento con unos requisitos esenciales para poder ofrecer estos servicios en Puerto Rico.

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«El propósito de esta medida es ayudar a proteger la salud, la seguridad y el bienestar de los estudiantes de nivel post-secundario y universitario que, por diversos motivos, requieren de este tipo de hospedajes para continuar sus estudios”, explicó el secretario, Edan Rivera Rodríguez.

Según aclaró el funcionario, el punto de partida para atender estos casos será, siempre, la coordinación inmediata de inspecciones que permitan constatar los señalamientos expuestos en las querellas. 

«La idea es poder proveer un remedio inmediato y efectivo a todo estudiante que alegue algún tipo de perjuicio o incumplimiento», afirmó el Secretario, aclarando que «el DACO pudiera, entre otros, emitir órdenes de hacer, imponer multas de hasta $10,000 revocar licencias, o interponer recursos de Injunction ante el Tribunal».

Rivera explicó que «la Ley de negocios de hospedajes para estudiantes, y el reglamento del DACO, establecen unos requisitos mínimos con los que estas residencias tienen que cumplir. En el contexto de la pandemia, el cumplimiento con tales requisitos es esencial, y por eso el trato que le estamos dando al tema».

Para poder brindar servicios de hospedaje a estudiantes, este tipo de negocios debe tener un certificado expedido por el Departamento de Salud que garantice el cumplimiento con unas condiciones mínimas de salubridad.

Entre los requisitos se encuentran que las paredes, techos, pisos, puertas y ventanas estén en buen estado de conservación, limpieza y funcionamiento; que las camas sean de uso individual y estén en excelente condición; que se provea un espacio ventilado e iluminado con mesas y sillas suficientes para estudio; y que el área de dormitorios esté debidamente iluminada y ventilada.

«Es importante que los estudiantes se aseguren de que les entreguen un contrato por escrito; el reglamento interno del hospedaje; y un plan de contingencia para situaciones de emergencia. Esto último es de suma importancia en estos días en que nos encontramos en la fase alta de la temporada de huracanes», destacó el Secretario.

La Ley aplicable define negocio para hospedaje de estudiantes a toda unidad de vivienda, utilizada para alojar a uno o más estudiantes mediante paga, ya sea de renta o de cualesquiera de los servicios básicos como agua, luz, teléfono, con o sin comidas. Lo anterior incluye clubes residenciales, casas de huéspedes, habitaciones y pensionados.

Al amparo de la Ley, no se considera un negocio de hospedaje de estudiantes a propiedad arrendada para uso de al menos un estudiante a nivel post-secundario, a menos que su dueño resida ésta o cuando, aunque no resida el dueño, la unidad es arrendada para uso de menos de tres estudiantes a nivel post secundario.