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FEMA otorga flexibilidad para uso de fondos para infraestructura

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Por Redacción Es Noticia

redaccion@esnoticiapr.com

 

La Oficina para la Recuperación, Reconstrucción y Resiliencia de Puerto Rico (COR3) informó que la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA) otorgó flexibilidad para proyectos de infraestructura pública tras la devastación de los huracanes Irma y María.

Ante ese escenario, el Gobierno desarrollará estimados de proyectos de costo fijo -bajo los Procedimientos Alternativos de Asistencia Pública (PAAP) de la Sección 428 de la Ley federal Stafford- a fin de poder hacer uso de fondos elegibles y agilizar la asistencia, informó el Gobierno en un comunicado de prensa.

“Los mecanismos que provee la Sección 428 nos ofrecen la garantía de una recuperación ágil y sólida, particularmente en los proyectos grandes de obra permanente para servicios esenciales”, explicó Ottmar Chávez, director ejecutivo de COR3.

Las instalaciones de servicios esenciales incluyen aquellas relacionadas a electricidad, agua, alcantarillados, tratamiento de aguas residuales, comunicaciones, educación y centros de atención médica de emergencia.

La gobernadora Wanda Vázquez Garced señaló que esta «flexibilidad» permitirá encaminar «varios proyectos de reconstrucción imperativos para la ciudadanía, que cumplirán con los estándares de la industria y que auguramos comiencen dentro de varias semanas”.

Informó que, según autorizado por FEMA, el Gobierno también podrá optar por los procedimientos tradicionales de la Sección 406, la cual no requiere de estimados, para proyectos grandes catalogados como no esenciales.

El procedimiento tradicional de la Sección 406 no lo utilizarán para proyectos de infraestructura esencial, ya que dicho mecanismo puede atrasar proyectos clave para la recuperación, se informó.

Explicó que restaurar instalaciones de servicios esenciales a condiciones que cumplan con los estándares de la industria -independientemente de su estado antes del paso de los huracanes Irma y María- no sería posible bajo la Sección 406 para algunas instalaciones que así lo requieran. Ese mecanismo será posible exclusivamente mediante la Sección 428.

El Gobierno de Puerto Rico deberá proveer a FEMA -antes del 6 de marzo- los proyectos de servicios no esenciales que se procesarán de acuerdo con los PAAP de la Sección 428.