Por Redacción Es Noticia
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La Asociación de Laboratorios Clínicos de Puerto Rico (ALC) radicó una demanda impugnando el Reglamento 9508 del Departamento de Salud (DS).
El Reglamento regula el establecimiento y operación de los laboratorios de análisis clínicos, los Centros de Plasmaféresis, Laboratorios de Patología Anatómica y Bancos De Sangre en Puerto Rico.
“Es lamentable tener que recurrir a los tribunales y ante el pueblo de Puerto Rico para detener y denunciar las acciones del Departamento de Salud imponiendo un nuevo reglamento aprobado de forma unilateral y que no cumple con el objetivo del propio documento”, indicó la presidenta de la Asociación de Laboratorios Clínicos, Debra Velázquez.
Entre las alegadas causas para esta impugnación se encuentra el incumplimiento con las leyes y Ley de Procedimientos Administrativos y la Ley de Flexibilidad Administrativa y Reglamentaria para el pequeño negocio.
Además, le atribuyen el que, por ser un reglamento muy costoso de cumplir, retrasa el uso de la tecnología y aleja a los laboratorios de la realidad operacional en Puerto Rico.
«El nuevo Reglamento mantiene a los laboratorios clínicos en Puerto Rico en el siglo pasado. Además, el reglamento restringe el acceso a los servicios a pacientes con planes médicos privados, a los pacientes del Plan de Salud del Gobierno, Vital, y los planes Advantage al imponer requisitos innecesarios en los referidos y órdenes médicas, lo cual los expertos en este tema no fueron consultados afectando así la relación médico-paciente», indicó Velázquez.
Explicó que el pasado 2 de diciembre, el Departamento de Salud realizó una reunión virtual sobre el Reglamento en cuestión que sustituye el Reglamento 120.
En la reunión discutieron más de 41 cambios al Reglamento necesarios para eliminar restricciones e imposiciones que superan los requisitos federales, aumentan los costos operacionales e impactan a los pacientes.
“En esta reunión virtual se acordaron unas sugerencias, la cuales incumplieron con la promesa, y peor aún, no integraron las modificaciones y recomendaciones que ofrecimos los expertos en el tema. No obstante, en la espera para reunirnos y buscar soluciones, salió a la luz el nuevo reglamento sin ser publicado oficialmente, donde quedó demostrada la decisión unilateral y falta de compromiso con los que allí asistieron, para con los laboratorios clínicos de Puerto Rico y sus pacientes que reciben sus servicios”, explicó.
A modo de ejemplo, la farmacéutica explicó que el nuevo Reglamento requiere que para ser válida una orden médica, o referido de laboratorio, que la misma contenga 16 parámetros de información cuando el laboratorio no tiene control de lo que escribe el médico que refiere.