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LUMA evalúa opciones legales ante demanda por cancelación del contrato

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Por Redacción Es Noticia
redaccion@esnoticiapr.com

 

El presidente ejecutivo de LUMA Energy, Juan Saca, reaccionó en la noche del jueves a la radicación de la demanda de la Autoridad para las Alianzas Público Privadas (AAPP) para declarar nulo la extensión del contrato suplementario con el consorcio, que se aprobó en el año 2022 por la administración del exgobernador Pedro Rafael Pierluisi Urrutia.

“Estamos evaluando la radicación de la AAPP para explorar nuestras opciones legales, manteniéndonos firmes en nuestro compromiso con la transformación energética de Puerto Rico», expresó.

«Los intentos de invalidar el contrato en este momento o de cambiar los términos de un contrato legalmente vinculante envían un mensaje preocupante a cualquier empresa que esté considerando hacer negocios o invertir en Puerto Rico. Esta acción también podría interrumpir la continuidad en un momento crítico, atrasar aún más los proyectos dirigidos a mejorar el sistema eléctrico, aumentar el riesgo de interrupciones, atrasar el tiempo de restauración y retrasar mejoras financiadas con fondos federales».

«Aunque aún no hemos recibido un aviso de cancelación o terminación, el cual evaluaremos para explorar nuestras opciones legales, seguimos firmemente comprometidos con la transformación energética de Puerto Rico».

«Nuestra misión no ha cambiado, y continuaremos ofreciendo la red segura, confiable y resiliente que el pueblo de Puerto Rico merece. Confiamos en que seguimos siendo la solución correcta para la transformación a largo plazo del sistema eléctrico de Puerto Rico, y no permitiremos que acciones motivadas políticamente nos distraigan ni retrasen la restauración que el pueblo de Puerto Rico necesita con urgencia”, dijo Saca en declaraciones escritas.

Entre los argumentos expresados en la demanda, y que esperan se atiendan a través de un recurso de certiorari ante el Tribunal Supremo, se establece que el proceso de aprobación de la Carta-Extensión del Acuerdo Suplementario es nulo al no contar con el voto afirmativo de ambos representantes del interés público de las AAPP, los cuales se abstuvieron, según exigido en la Sección 10(b) de la Ley para Transformar el Sistema Eléctrico de Puerto Rico.

Se alega además que tampoco contó con el voto del director ejecutivo de la AEE (en ese entonces Josué Colón Ortiz), quien se rehusó a firmar la Carta-Extensión y, por lo tanto, lo autorizó el entonces presidente de la Junta de Gobierno, Fernando Gil Enseñat.

Se mencionó que los términos de la Carta-Extensión tampoco cuenta con una probación o certificado de cumplimiento de energía emitido por el Negociado de Energía de Puerto Rico. Tampoco, según la demanda, la Carta-Extensión nunca fue sometida para aprobación legislativa conforme exige el Artículo 10(e) de la Ley 29, el cual dispone que “toda extensión” de un contrato otorgado bajo dicha ley requiere aprobación mediante legislación.

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