Por Redacción Es Noticia
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El Departamento de Recursos Naturales Ambientales (DRNA), custodio administrador de la zona marítimo terrestre, recordó a los negocios ambulantes de alquiler de sillas y sombrillas en la playa, a tomar las medidas necesarias y no excederse de lo permitido.
Advirtió que el Reglamento para el aprovechamiento, vigilancia, conservación y administración de las aguas territoriales, establece que estos comerciantes:
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- No puede desplegar sillas y sombrillas ocupando un área en la playa, a menos que estén ocupadas por cliente.
- El despliegue de sillas no debe interferir con otros negocios ni el disfrute de playas para el público en general.
- El negocio ambulante autorizado no puede tener almacenadas sillas y sombrillas fuera del área de ocupación autorizada.
- El negocio ambulante autorizado no deberá obstruir el acceso del público en general a la playa.
El DRNA recordó que el Reglamento solo le permite tener la ocupación donde sus clientes acuden para solicitar el servicio alquiler de sillas y sombrillas.
“Les recordamos que el incumplimiento con las disposiciones de sus autorizaciones podrá conllevar la revocación de la misma (permiso)”, advirtió en comunicación escrita.