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Senado pide al Supremo atienda con premura cláusula de inmunidad de LUMA

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Por Redacción Es Noticia
redaccion@esnoticiapr.com

 

El Tribunal Supremo emitió hoy una resolución concediendo a las partes demandadas e interventoras un plazo de tres días para presentar sus argumentos sobre por qué no debe expedirse el recurso de certificación intrajurisdiccional en el caso que impugna la cláusula de inmunidad incluida en el contrato entre LUMA Energy y la Autoridad de Energía Eléctrica.

En este caso, el Senado —junto a la Cámara de Representantes— compareció como amicus curiae, planteando que la disposición contractual impugnada fue aprobada sin autorización legislativa y en violación de la doctrina constitucional de separación de poderes.

Según el escrito, esta cláusula concede a LUMA una inmunidad prácticamente absoluta frente a reclamaciones por daños ocasionados por interrupciones o fluctuaciones en el servicio eléctrico, incluso cuando provengan de negligencia ordinaria.

El Senado argumentó que esta disposición es ultra vires, pues fue negociada y refrendada por entidades de la Rama Ejecutiva, incluyendo el Negociado de Energía, sin el aval expreso de la Asamblea Legislativa.

Empero, la Constitución de Puerto Rico establece que únicamente la Asamblea Legislativa tiene la facultad de otorgar franquicias, derechos o privilegios de carácter público.

El efecto de esta cláusula ya ha impactado a la ciudadanía: LUMA ha denegado más de 1,800 reclamaciones de consumidores por daños a enseres y propiedades, utilizando esta inmunidad como fundamento para no evaluar los casos individualmente.

La controversia es de alto interés público porque combina dos aspectos esenciales:

  • la protección de los derechos adquiridos de los consumidores.
  • la preservación del balance de poderes que garantiza nuestra Constitución.

«El otorgar inmunidad a un operador privado sin autorización legislativa sienta un precedente peligroso que erosiona las facultades de la Asamblea Legislativa y limita el acceso de los ciudadanos a la justicia”, señaló -por escrito- el presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz.

En atención a la determinación del Tribunal Supremo, el Senado anticipa que presentará una moción adicional solicitando la expedición del recurso de certificación, para que este caso sea evaluado con carácter expedito y resuelto de manera definitiva.

“Esta controversia debe atenderse con premura, pues miles de puertorriqueños sufren a diario las consecuencias de interrupciones y daños en el servicio eléctrico sin que sus reclamaciones sean atendidas. Resolver esta disputa no solo es esencial para restituir el acceso a remedios legales, sino también para garantizar la rendición de cuentas de un operador privado que administra un servicio esencial para la vida y el bienestar del Pueblo de Puerto Rico”, dijo Rivera Schatz.

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