Por Redacción Es Noticia
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El Tribunal Supremo de Puerto Rico acogió el recurso de radicó el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) contra la empresa LUMA Energy, el Negociado de Energía y la Autoridad de Energía Eléctrica.
“El Tribunal Supremo ha acogido nuestro recurso, y eso significa que este caso de alto interés público será atendido en sus méritos”, expresó la secretaria del DACO, Valerie Rodríguez Erazo.
El DACO radicó una demanda en el Tribunal de Primera Instancia de San Juan para que se declare inconstitucional una cláusula que impide a los consumidores presentar reclamaciones por los daños causados al no tener el servicio de electricidad debido a LUMA Energy.
La cláusula en controversia -la Sección 4.1(g) del contrato entre el gobierno de Puerto Rico y LUMA Energy- exime a la empresa y a sus empleados de responsabilidad ante reclamaciones por daños provocados por fallas en el sistema eléctrico, incluso cuando hay actos negligentes.
Rodríguez Erazo subrayó que no se permitirá que se normalice la idea de que los consumidores carguen con pérdidas sin remedio alguno.
“Estamos listos para presentar nuestros argumentos en derecho y demostrar de manera clara que el privilegio que se le otorgó a LUMA para evitar responder por los daños que causa no tiene cabida en nuestro ordenamiento legal. Eso es un intento de burlar la responsabilidad civil y de poner a una empresa privada por encima del pueblo, y eso no lo vamos a permitir”, añadió Rodríguez.
Como parte del proceso, el DACO tiene 15 días para presentar su alegato y a las partes recurridas un término similar a partir de la presentación del alegato inicial.
El Supremo también declaró con lugar mociones de LUMA relacionadas con autorización para exceder el número de páginas en sus escritos, presentar apéndices suplementarios en formato digital y someter solicitudes de conocimiento judicial.
El DACO recalcó que este caso no solo busca atender una controversia particular, sino defender el principio de que toda persona tiene derecho a reclamar y a recibir reparación cuando sufre daños por parte de quienes prestan servicios esenciales.