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Tribunal anula órdenes ejecutivas que permitían que personas sin licencia pudieran esterilizar animales.

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Por Redacción Es Noticia

redaccion@esnoticapr.com

 

El juez superior, Anthony Cuevas Ramos, declaró nulas varias disposiciones establecidas mediante órdenes ejecutivas que permitían que personas sin licencia en veterinaria pudieran esterilizar animales.

“En vista de lo anteriormente expresado, se declara No Ha Lugar a la Moción de desestimación presentada por el Gobierno. Además, se declara Ha Lugar la Demanda presentada por la doctora Mónica Pagán Mutt, el doctor Víctor Oppenheimer Soto y la doctora María Cueto Ruiz. A tenor con lo anterior, se declaran nulas e inválidas las Ordenes Ejecutivas Núm. OE-2020-15 y Número OE-2020-18, en cuanto a la concesión de dispensas a médicos veterinarios sin licencia en Puerto Rico, por no cumplir con los requisitos establecidos en la Ley del Ejercicio de la Medicina Veterinaria de Puerto Rico”, reza la sentencia de 18 páginas.

El presente caso tiene su génesis el pasado día 11 de marzo de 2020, con la presentación de la presente Demanda, al amparo de la Reglas 57 y 59 de Procedimiento Civil, respectivamente, 32 LPRA Ap. V, R. 57 y 59, y los artículos 675–689 del Código de Enjuiciamiento Civil, 32 LPRA sec. 3521–3566. En apretada síntesis, la doctora Mónica Pagán Mutt, el doctor Víctor Oppenheimer Soto y la doctora María Cueto Ruiz son doctores en medicina veterinaria debidamente licenciados para ejercer la profesión en Puerto Rico, según lo certificó la Junta Examinadora de Médicos Veterinarios.

Estos presentaron la demanda en contra del Gobierno de Puerto Rico y reclaman que estos les han permitido a personas que no están debidamente licenciados para practicar en Puerto Rico participar, mediante dispensas, de unos eventos de esterilización masiva de animales llamados “spayathones”. Según los Demandantes, luego de varias órdenes ejecutivas desde el 2017, la Gobernadora firmó la Orden Ejecutiva Número OE-2020-15, la cual fue enmendada por la Orden Ejecutiva Número OE-2020-18, en la cual se hace referencia a las órdenes anteriores y las vincula a los efectos del paso de los huracanes Irma y María, a los eventos sísmicos de enero de 2020.

Los Demandantes reclamaron que el mecanismo de dispensa no está contemplado en la Ley del Ejercicio de la Medicina Veterinaria en Puerto Rico, infra, y la Ley Habilitadora del Colegio de Médicos Veterinarios de Puerto Rico, infra, por lo que la orden ejecutiva se debe declarar inválida.