Por Redacción Es Noticia
El primer ejecutivo de Villalba y presidente de la Asociación de Alcaldes de Puerto Rico, Luis Javier Hernández Ortiz, anunció hoy -viernes- que luego de un encuentro cibernético entre los 41 alcaldes asociados, donde se discutieron loa cambios a la Orden Ejecutiva de La Fortaleza con relación al manejo del COVID-19, determinaron de manera unánime aplicar su propia Orden uniforme, más completa y que provee fuerzas adicionales para manejar la pandemia.
«Aunque agradecemos el que el Gobernador haya acogido algunas de las recomendaciones que la Asociación de Alcaldes de Puerto Rico emitió ayer, entendemos debe haber mayor restricción en los aeropuertos, playas, ríos, balnearios, reforzar la fiscalización de la Orden Ejecutiva, y ampliar los horarios y realización tanto de vacunas como de pruebas de COVID-19”, detalló Hernández.
El líder de los alcaldes asociados añadió que “también hay que señalar que es fundamental que la ciudadanía ponga de su parte, con el uso de la mascarilla, evitar reuniones familiares y aglomeraciones. Las instrucciones se han comunicado claramente desde el inicio de la pandemia”, aseguró. «A eso se suma que el estar vacunado no es razón justificada para bajar la guardia. “Aún así podemos ser portadores del virus y contagiar a las personas alrededor”.
Hernández insistió en que el aumento en contagios, hospitalizaciones, positividad y nuevas variantes “nos obliga a reforzar la batalla. Los alcaldes tenemos escuchamos al pueblo y el país se levanta desde los municipios”.
Los detalles de la Orden Ejecutiva de los 41 municipios lee como sigue:
Municipio_______
PARA MODIFICAR LAS DIRECTRICES DIRIGIDAS A LA PROTECCIÓN DE LA SALUD Y DE LA SEGURIDAD PÚBLICA PARA ATENDER LA PANDEMIA COVID-19.
POR CUANTO: Hace ya más de un año que la Organización mundial de la Salud decretó que el virus conocido como COVID-19 ha alcanzado la categoría de pandemia.
POR CUANTO: El COVID-19 continúa siendo clasificado como una pandemia y, a la fecha en la que se redacta el presente documento, se han detectado sobre 105,020 casos confirmados de contagio en Puerto Rico y le ha costado a la vida a más de 2,182 personas.
POR CUANTO: Tanto el Gobierno de los Estados Unidos, como el Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y nuestra Administración Municipal han utilizado sus respectivos poderes para decretar estados de emergencia e implementar medidas urgentes y drásticas para proteger la salud pública.
POR CUANTO: Por los pasados días hemos visto un repunte en los casos de COVID-19 en el país. Los expertos de la comunidad médica y científica concurren que Puerto Rico aún no ha alcanzado la etapa más crítica de la propagación del COVID-19, luego de repunte.
POR CUANTO: Es el consenso generalizado de la comunidad científica y la norma que ha quedado probada en la práctica que el aislamiento social constituye la mejor estrategia para controlar la propagación del COVID-19.
POR CUANTO: La información oficial del portal del Departamento de Salud indica que en Puerto Rico se han vacunado 1,290,459.
POR CUANTO: Existe una incertidumbre de la cantidad de vacunas que se administran en Puerto Rico por municipios.
POR CUANTO: El 7 de abril de 2021 el Gobernador de Puerto Rico anuncio al país que estaría enmendando la Orden Ejecutiva 2021-026 donde se reduce el periodo de toque de queda a 10:00 pm. Esta fue la única enmienda que se le hizo a pesar de que la comunidad científica y medica estaba recomendado tomar medidas más severas ante el comportamiento visto a través de los medios de comunicación.
POR CUANTO: En la medida en la que la emergencia no ha culminado y que la falta de un régimen adecuado de pruebas diagnósticas y de contagios en aumento, entendemos que está en los mejores intereses del Municipio____ el que utilicemos la autoridad del gobierno municipal para tomar medidas dirigidas a salvaguardar la vida de los constituyentes y que entiendan que no deben estar más tiempo fuera de sus residencias y, por ende, incurrir en contacto social que pueda facilitar el contagio con COVID-19.
POR TANTO: DECRETESE POR EL MUNICIPIO DE_____ HON_____ALCALDE DEL MUNICIPIO DE____.
PRIMERO: La presente orden ejecutiva se emite a tenor con la autoridad conferida al Alcalde por el Artículo 1.018 (u) del Código Municipal de Puerto Rico, Ley Número 107 del 14 de agosto de 2020, según enmendada, para promulgar estados de emergencia y establecer medidas para atender las mismas y el Artículo 1.008 de Poderes de los Municipios establece en el inciso (aa) Los municipios tendrán cualquier otro poder inherente para la protección de la salud, seguridad y bienestar dentro de su jurisdicción territorial. (énfasis nuestro).
SEGUNDO: Se establecen las siguientes directrices y recomendaciones en nuestro municipio:
A. Empleados municipales y oficinas de gobierno deben moverse a modalidad virtual en aquellas labores no esenciales. En cuanto a empleados municipales se someterá unas guías para determinar conforme a nuestro municipio, cuáles serán las esenciales y no esenciales en el servicio municipal. Aquellos no esenciales, y que no puedan trabajar remotamente, se procederá con disfrute de la acumulación de tiempo compensatorio, como primera instancia, o licencia acumulada de vacaciones. La Oficina de Recursos Humanos deberá someter las guías y estudio de empleados al 19 de abril de 2021.
B. Promover que los restaurantes limiten el uso de los salones cerrados y promuevan el uso de salones y espacios al aire libre y con distanciamiento. Grupos no mas de cuatro personas, y no se permiten aglomeraciones en ningún espacio. Reducir la cantidad de personas en los establecimientos comerciales de 50% a 30%. Aquellos lugares que deban permanecer abiertos deben tener controles para mantener el distanciamiento, uso de mascarilla, lavado de manos y toma de temperatura en las entradas.
C. Aumentar la campaña educativa en las comunidades para que disminuyan la movilidad y la exposición a personas que no son de su núcleo familiar.
D. Tiendas al detal y centros comerciales deben promover sistemas de recogido y entrega.
E. La mascarilla debe estar en todo momento al salir del hogar. Promover realizar ejercicios individuales al aire libre.
F. No dar dispensas o permisos para ningún tipo de actividad social.
G. Reforzar y aumentar los recursos para fiscalización de cumplimiento y aquellos comercios que incumplan con esta orden serán cerrados por un mes.
H. Evitar participar u organizar reuniones familiares o fiestas, y limitarse a compartir con su núcleo familiar.
I. Cancelación de toda actividad municipal y el uso de espacios públicos y comunales, que propendan la aglomeración de personas, entiéndase festivales, carnavales, torneos, retretas, entre otros.
J. Cierre de playas, balnearios, cayos e islotes.
K. Exigir al gobierno estatal el comienzo de una campaña de vacunación masiva sin límite de hora (24/7). Garantizando una distribución equitativa en cada municipio.
L. Exigir al gobierno estatal la regulación de entrada de viajeros al país condicionado a una prueba negativa molecular.
M. Coordinar con el gobierno estatal una campaña de pruebas por todo el país. Garantizando una distribución equitativa en cada municipio.
TERCERO: Se ordena al Cuerpo de la Policía Municipal a velar por el fiel cumplimiento de lo aquí dispuesto.
CUARTO: Se refiere la presente orden a la Legislatura Municipal para que descargue su responsabilidad de conformidad con el Código Municipal de Puerto Rico y conforme a lo establecido en el Articulo 1.019 en la Obligaciones del Alcalde Respecto a la Legislatura Municipal.
QUINTO: La presente orden estará en vigor desde el día de hoy y hasta el — de mayo de 2021 a la medianoche, a menos que la misma sea renovada mediante algún decreto ejecutivo posterior.
En_____ Puerto Rico, hoy___de abril de 2021.