Por CyberNews
redaccion@esnoticapr.com
El juez Alfonso Martínez Piovanetti, del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, ordenó el viernes la desestimación y el archivo del caso de los padres de estudiantes quienes buscaban que la vacunación contra el COVID-19 no fuera compulsoria en las escuelas y declaró “no ha lugar” a la solicitud de injunction por la parte demandante.
“Ello así, pues los demandantes no han logrado acreditar que hubiesen sufrido un daño irreparable, ni tampoco que los daños que pudieran sufrir a partir de la vigencia de la Orden Administrativa 2021-509 sean reales, inmediatos y precisos, por lo cual las demás causas de acción incluidas en la demanda sencillamente no son justiciables. Ante tales determinaciones de hechos y conclusiones de derecho, este Tribunal carece de jurisdicción para continuar atendiendo el presente caso”, dicta la sentencia.
El juez indicó que el requisito de vacunación contra el COVID-19 para los estudiantes y empleados de las instituciones educativas “es una medida necesaria para lograr el interés apremiante de garantizar la educación y salud pública, mitigar los efectos nocivos de la pandemia y alcanzar finalmente una inmunidad de rebaño en el País”.
“Aunque el poder del gobierno no es irrestricto ni tan siquiera en un estado de emergencia como el que enfrentamos actualmente, reiteramos que el mandato de vacunación en estos momentos es un medio incluso menos oneroso para alcanzar estos objetivos gubernamentales en comparación con otras posibles alternativas”, reza la sentencia.
El Juez señaló que, según la prueba, «las fases experimentales de estas tres vacunas ya fueron completadas exitosamente, por lo que constituye un error fáctico y jurídico caracterizar estas vacunas como ‘experimentales'» .
SENTENCIA
[pdf-embedder url=»https://esnoticiapr.com/wp-content/uploads/2021/08/Sentencia.pdf»]