Por CyberNews
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El presidente de LUMA Energy, Wayne Stensby, informó hoy -martes- que no acatará la orden de entregar información solicitada por la Cámara de Representantes, a pesar de que dos mociones para evitar esa acción fueron denegadas en el Tribunal Supremo de Puerto Rico.
“Ninguno de los foros apelativos ordenó que LUMA contestara los requerimientos impugnados. Los méritos de las objeciones de LUMA serán dilucidados cuando el caso regrese al Tribunal de Primera Instancia”, dijo Stensby en declaraciones escritas.
“Ninguna compañía debiera ser forzada a revelar la identidad y salarios de sus empleados, secretos de negocio, información sensitiva de la operación y de infraestructura ausente un objetivo legislativo legítimo; aún más, sin cumplir con las leyes aplicables y el debido proceso de ley al solicitar la información. El mensaje que esta investigación envía es que, si la reputación y misión de una compañía y sus empleados debe ser destruida por ganancia política, así será. Esto es contrario al interés de la transformación del sistema eléctrico”, añadió.
Stensby se refiere a que el caso se devolverá al Tribunal de Primera Instancia donde espera, prevalecerá.
“LUMA coloca a sus empleados primero. La intimidación, hostigamiento y hasta daños a la propiedad a los que los empleados de LUMA han estado sujetos por parte de grupos opuestos a un mejor sistema eléctrico, son contrarias a la ley. LUMA tendrá la oportunidad de levantar sus defensas y objeciones cuando el caso se reanude ante el Tribunal de Primera Instancia y confía que la justicia prevalecerá”, señaló Stensby.
El Tribunal Supremo de Puerto Rico notificó una resolución mediante la cual denegó la segunda moción de reconsideración de LUMA en el recurso Luis Raúl Torres Cruz v. LUMA, CC-2021-0521. El Tribunal de Primera Instancia no atendió los planteamientos jurisdiccionales y procesales de LUMA. Ambos, el Tribunal de Apelaciones y el Tribunal Supremo, optaron por no revisar estos asuntos en esta etapa de los procedimientos. Ahora el caso regresa al Tribunal de Primera Instancia.