Por Miguel Díaz Román
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El Departamento de Hacienda informó ayer una prórroga hasta el 31 de marzo sin la imposición de penalidades para que las empresas envíen las declaraciones informativas correspondientes al año contributivo 2019.
La acción de Hacienda responde a la determinación del Tribunal Apelaciones de San Juan que el pasado viernes confirmó una determinación del Tribunal Superior, que declaró inconstitucional una orden administrativa emitida por el secretario de Hacienda, Francisco Parés Alicea, que eximía por un año a las corporaciones de seguros, de telecomunicaciones y de publicidad de producir las informativas 480 sobre los pagos que reciben y que impuso esa responsabilidad en sus clientes.
Parés Alicea emitió la orden administrativa a instancias de las industrias de seguros, de telecomunicaciones, el Colegio de Contadores Públicos Autorizados (CCPA) y la Asociación de Industriales, a pesar de que la Ley 60 del 2019, establecía de manera diáfana que la responsabilidad de publicar las informativas 480 es de las empresas y no de sus clientes.
La determinación del Tribunal surgió en respuesta a una solicitud de interdicto preliminar y permanente contra el Departamento de Hacienda, presentada por el presidente de la Cámara, Carlos Méndez y el representante Antonio Soto, quien preside la Comisión de Hacienda.
El secretario de Hacienda había recurrido la desición del Tribunal Superior con la esperanza de que el Apelativo le diera la razón, pero ese tribunal emitió una setencia en la que expresa de manera clara que no le concedió credibilidad a los argumentos del secretario de Hacienda para justificar su orden administrativa.
Según los argumentos de Hacienda en el Apelativo,la orden administrativa que impuso la responsabilidad de emitir las 480 a los clientes y no a las empresas, obedeció a una presunta ambiguedad sobre las informativas establecida en la nueva ley de incentivos.
Pero el Apelativo no creyó los argumentos de Parés Alicea y de manera contundente la setencia expresa que no existe ambiguedad algúna en la ley de incentivos. En realidad poco faltó para que la sentencia tildara de mentiroso al secretario.
A consecuencia de la pugna judicial y porque temprano el viernes no se conocía la determinación del Apelativo, el presidente del CCPA, David González Montalvo, le solicitó al secretario de Hacienda que concediera una prórroga sin imponer penalidades, para todas las declaraciones informativas, las cuales tenían como fecha límite para ser enviadas hasta hoy 3 de marzo.
“Le solicitamos nuevamente al secretario, que se exprese con premura ante esta solicitud de otorgar una extensión de tiempo para poder asegurar cumplimiento con la radicación de las informativas”, sostuvo González Montalvo en un comunicado de prensa el pasado viernes.
En un comunicado de prensa emitido ayer el secretario de Hacienda no mencionó la determinación del Apelativo y se limita a indicar que la prórroga obdece a “la intención de asegurar un proceso ágil y flexible como parte de la transición hacia la tercera fase del Sistema Unificado de Rentas Internas y tomando en cuenta los temblores que han afectado al país “.
En el comunicado el secretario también destacó que en los casos en que la persona que le realizó la retención al contribuyente, no le provea la Declaración Informativa correspondiente, éste tendrá derecho a reclamar el crédito por las cantidades retenidas si radica, junto con su planilla, una declaración jurada indicando el nombre, dirección, número de cuenta patronal y el teléfono de la persona que realizó el pago, entre otra información.
“Los contribuyentes afectados por cualquier situación de incumplimiento por parte de patronos o agentes retenedores, también pueden presentar una querella ante la Oficina de Investigaciones del Negociado de Auditoría Fiscal del Departamento de Hacienda, en la oficina 606 del edificio Intendente Ramírez en San Juan o pueden enviar un correo electrónico a confidenciasNAF@hacienda.pr.gov”, concluyó Parés Alicea.