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Aseguradoras no pueden negar servicios a pacientes de COVID-19

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Por Redacción Es Noticia

redaccion@esnoticiapr.com

 

El Departamento de Salud advirtió hoy a las aseguradoras y planes médicos que no están cubriendo los tratamientos y referidos contra el COVID-19, que están en incumplimiento con las disposiciones de la Ley 43-2020, conocida como ‘Ley para combatir el COVID-19’.

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La Ley 43, firmada el 16 de abril del año pasado, dispone que todo cuidado médico, estudio, análisis, diagnóstico y tratamiento de COVID-19, incluyendo hospitalización, será libre de costo para toda la ciudadanía sin importar si cuentan o no con seguro de salud. De igual forma, la Ley prohíbe requerir copagos, deducibles, preautorizaciones o referidos a los pacientes en cualquiera de estos servicios relacionados con el COVID-19, siempre y cuando sean brindados en Puerto Rico.

“Diariamente nos llega información de incumplimientos por parte de algunas aseguradoras con las disposiciones de la Ley 43-2020. Estas empresas se han estado negando a cubrir y pagar los medicamentos y tratamientos contra el COVID-19, en detrimento a nuestros ciudadanos. De igual forma, incumplen exigiendo referidos médicos para hacer pruebas a estudiantes, a pesar de que la enfermera escolar los refirió.  Algunas aseguradoras se encuentran incumpliendo una Ley de emergencia y serán penalizadas”, puntualizó el secretario del Departamento de Salud, Carlos Mellado López.

La Ley también faculta al Comisionado de Seguros y al Procurador del Paciente a atender querellas e imponer multas.

“Cualquier ciudadano a quien le hayan exigido un referido o a quien le hayan negado un tratamiento gratuito en contra del COVID-19 debe querellarse de inmediato porque se le ha privado de sus derechos bajo la Ley 43-2020. Salvaguardar esos derechos es un asunto del más alto interés público para la Oficina del Comisionado de Seguros. A las aseguradoras les corresponde cubrir el gasto de forma gratuita para al paciente como parte de la cubierta médica que ofrecen. Nuestro compromiso es atender toda querella al respecto rápidamente, de modo que las aseguradoras cumplan con la Ley.  Las que incumplan serán multadas y se arriesgan a la suspensión de su autorización para hacer negocios en Puerto Rico”, informó el comisionado de seguros, Mariano Mier Romeu.

Mellado López recordó a las aseguradoras que tienen contratos con el Gobierno de Puerto Rico bajo el Plan de Salud del Gobierno, que tienen que cumplir con las disposiciones de la Ley.

“Las organizaciones de seguros de salud que forman parte del Plan de Salud del Gobierno no están exentas de las disposiciones de la Ley 43-2020. Esperemos que este recordatorio le permita revisar sus procesos, de manera que nuestros pacientes estén cubiertos como dispone la ley”, expresó.

De conformidad con sus leyes orgánicas, la ASES puede imponer multas administrativas hasta un máximo de $20,000 por cada violación; el Comisionado de Seguros puede imponer multas de hasta $10,000 por violación, así como la suspensión o revocación del certificado de autoridad, y el Procurador del Paciente puede imponer multas de hasta $5,000.

De tener información sobre alguna aseguradora que esté incumpliendo con esta ley, favor llamar en el caso de planes comerciales a la Oficina del Comisionado de Seguros al 787-304-8686 o escriba un correo electrónico a coronavirus@ocs.pr.gov; y en el caso del Plan Vital llamar a ASES al 787-474-3300 o info@asespr.org