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Defensa podría apelar decisión de «no ha lugar» la desestimación caso Irizarry Pabón

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Por Sandra Caquías Cruz
redaccion@esnoticiapr.com

 

La vista preliminar en el caso en contra del suspendido alcalde de Ponce, Luis M. Irizarry Pabón, continúa el próximo 10 de abril, luego que el juez Daniel R. López González, emitió una Resolución declarando «no ha lugar» la petición para que se desestimara el caso.

No obstante, la representación legal del alcalde, encabezada por el abogado José A. Andreu Fuentes, tendría 30 días para apelar esa determinación.

El Juez había adelantado que ante la posibilidad, tanto de las fiscales especiales independientes como de los abogados, de radicar una apelación si la Resolución le fuera adversa, le pidió que tendrían hasta antes del 10 de abril para hacerlo porque ese día continuará el proceso de vista preliminar con el contrainterrogatorio del testigo Oscar Iván Nazario Segarra.

Los abogados de defensa interrumpieron el segundo día de vista preliminar para solicitar que se desestimara el caso por entender que se le ocultó prueba exculpatoria a su cliente. Además, reclamó que la petición de dinero era para pagar un préstamo de campaña y no personal con el fin de enriquecimiento injustificado, según los delitos que se le imputan.

En la Resolución, emitida hoy martes, el juez López González estableció que:

«Determinados que la prueba solicitada por la defensa no constituye prueba impugnatoria, exculpatoria, beneficios o favorable que sea relevante a la inocencia o que aporte prueba que exonere al acusado,, cuyo descubrimiento de prueba emana del debido proceso de ley y tiene que ser entregada por el FEI previo al juicio en la etapa de la vista de causa para arresto (Regla6) por lo que no procede la desestimación solicitada por la defensa». 

 «Somos de criterio que al celebración de la vista preliminar (regla 23 de Procedimiento Criminal) es el vehículo adecuado para subsanar cualquier error procesal que pudiese haber ocurrido durante la celebración de la vista de causa para arresto (Regla6)».

La fiscal especial independiente Zulma I. Fuster Troche se expresó satisfecha con la determinación e insistió en que con la petición de desestimación los abogados buscaban ganar tiempo para prepararse para el contra interrogatorio del segundo testigo.

«(La determinación) me perece que es conforme a derecho», dijo. Explicó que los argumentos que levantó la defensa de que la declaración jurada la consideraban prueba exculpatoria, «eso no van a la culpabilidad».

El abogado Andreu Fuentes no había contestado una reacción sobre el particular.

 

 

 

al juez