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Ética presenta querella contra exsubsecretaria de la Gobernación por intervenir en contrato de su pareja

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La Oficina de Ética Gubernamental (OEG) presentó una querella administrativa contra la exsubsecretaria de la Gobernación, Itza Marie García Rodríguez, por supuestamente intervenir en la contratación de una empresa representada por su pareja sentimental.

El implicado obtuvo un contrato de servicios profesionales por $120,000 con el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC).

Según la querella, presentada el 29 de octubre, García Rodríguez habría infringido los artículos 4.2(g) y 4.2(s) de la Ley de Ética Gubernamental, relacionados con la prohibición de intervenir en asuntos que representen conflictos de intereses y de realizar actuaciones que pongan en duda la imparcialidad e integridad de la función pública.

La OEG sostuvo que la exfuncionaria, quien ocupó la Subsecretaría de la Gobernación desde el 2 de enero de 2025 hasta su renuncia el 15 de agosto de 2026, realizó gestiones ante el entonces secretario del DDEC, Sebastián Negrón Reichard, para promover la contratación de la empresa Next Wave Solutions, LLC, representada por Luis Alberto Sánchez Andino, con quien compartía residencia.

El documento establece que García Rodríguez y Sánchez Andino suscribieron un contrato de arrendamiento de vivienda el 30 de julio de 2025 y que ambos compartieron residencia desde agosto de ese año hasta, al menos, agosto de 2026.

Posteriormente, el 12 de septiembre de 2025, se inscribió Next Wave Solutions, LLC, ante el Departamento de Estado, con Sánchez Andino como administrador, persona autorizada y agente residente.

La OEG alegó que el 9 de noviembre de 2025, García Rodríguez remitió a Negrón Reichard una copia digital de una propuesta de servicios profesionales de esa empresa y le compartió el número telefónico de su pareja.

Además, señaló que el 5 de diciembre de ese año la entonces subsecretaria dio seguimiento a la gestión mediante un mensaje de texto en el que informó al titular del DDEC que Sánchez Andino se encontraba en las instalaciones de la agencia para firmar el contrato.

El acuerdo fue formalizado el 16 de diciembre de 2025 entre el DDEC, la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe) y Sánchez Andino, en representación de Next Wave Solutions, LLC, por $120,000, con vigencia hasta el 30 de junio de 2026.

Según la querella, los servicios contratados estaban relacionados con consultoría administrativa, coordinación de proyectos y eventos.

La OEG también identificó otros tres contratos gubernamentales otorgados a Next Wave Solutions, LLC: dos con la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), formalizados el 1 de diciembre de 2025 y el 26 de enero de 2026, y otro con el Municipio de Utuado, suscrito el 4 de diciembre de 2025.

Otro elemento señalado por Ética Gubernamental es que García Rodríguez presentó un mecanismo de inhibición el 20 de marzo de 2026, aproximadamente tres meses después de la formalización del contrato con el DDEC.

En ese documento, la exfuncionaria reconoció su relación con Sánchez Andino y su vinculación con Next Wave Solutions, LLC, pero afirmó que se había mantenido al margen de las gestiones de contratación.

“Es decir, hasta el presente, esta servidora se ha mantenido totalmente inhibida de cualquier proceso, discusión o autorización relacionada con la compañía Next Wave Solutions, LLC, o con el Sr. Sánchez Andino como su representante”, indicó García Rodríguez en el documento citado por la OEG.

El 13 de abril de 2026, Ética Gubernamental respondió a la consulta y determinó que el mecanismo de inhibición cumplía con los parámetros establecidos por la agencia. No obstante, advirtió que sus efectos serían prospectivos y que su aceptación no equivalía a una autorización de actuaciones anteriores.

“Le informamos que la aludida declaración de inhibición tiene un efecto prospectivo, desde la fecha en que la notificó, y no se retrotraerá a hechos que ocurrieron antes de su presentación a la OEG”, establece la comunicación citada en la querella.

La agencia sostuvo que las gestiones realizadas por García Rodríguez en noviembre y diciembre de 2025 constituyeron una intervención en un asunto que podía generar un beneficio económico para su pareja.

“La Querellada incurrió en una violación al Artículo 4.2 (g) de la Ley 1-2012 al remitir copia de la propuesta del señor Sánchez Andino, la información de contacto de este y haber dado seguimiento para la firma del contrato; asunto en el que ella y su pareja, con quien comparte residencia, tienen un conflicto de intereses y que implicó la obtención de un beneficio a favor de su pareja”, señala la querella.

En cuanto al artículo 4.2(s), la OEG alegó que la secuencia de actuaciones de García Rodríguez, desde su participación en las gestiones de contratación hasta la presentación posterior del mecanismo de inhibición, puso en duda la imparcialidad de la función gubernamental.

“En apenas quince meses (enero 2025 a marzo de 2026), el cúmulo de actos de la Querellada causa en el público la robusta impresión de una acción antiética que pone en duda la integridad e imparcialidad de la función gubernamental”, sostuvo la agencia.

Como parte de los remedios solicitados, Ética Gubernamental pidió la imposición de las sanciones correspondientes, incluida una posible sanción civil equivalente a tres veces el valor del beneficio económico recibido, si alguno.

También solicitó que, de proceder, se ordene la restitución de fondos públicos desembolsados como consecuencia de las actuaciones cuestionadas y que se utilicen los mecanismos administrativos disponibles para cobrar cualquier multa que pudiera imponerse.

García Rodríguez tendrá un término de 20 días para contestar las alegaciones de la querella y podrá comparecer mediante representación legal, presentar evidencia y confrontar testigos durante el procedimiento administrativo.

La presentación de la querella no constituye una determinación final de responsabilidad. El caso deberá ser evaluado mediante el proceso de adjudicación correspondiente.

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