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OEG multa al Alcalde de Coamo por no informar que contrató al hijo de su ayudante

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Por Sandra Caquías Cruz

redaccion@esnoticiapr.com

 

El alcalde de Coamo, Juan Carlos García Padilla, fue multado por $7,500 tras contratar -durante los primeros meses de la pandemia- al hijo de una de sus ayudantes en el municipio y no infórmalo a la Oficina de Ética Gubernamental (OEG).

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García Padilla no negó esos tres contratos para chofer de vehículo liviano, pero señaló que fueron los meses en que el Gobierno cerró y que el empleado fue exclusivamente para llevar a las residencias de los coameños paquetes con equipos protectores para la prevenir el contagio del coronavirus y ayuda a los hogares en los que se identificaban los casos.

La OEG contestó que la dispensa que estableció la Gobernadora en la contratación de personal para la emergencia no incluía a los municipios. El Alcalde respondió que tenían una Ordenanza para trabajar la emergencia del Covid-19, pero la OEG indicó que los alcances no los eximía de informar esa contratación.

“Se me acusa de contratar por ocho meses a un joven padre desempleado, hijo de una empleada del Municipio, durante la emergencia de la pandemia cuando la Oficina de Ética Gubernamental y el gobierno central estuvieron cerrados y sin protocolos de emergencia activados”, expresó por escrito el ejecutivo municipal.

“Éste (el joven) trabajador en medio de una cuarentena. Se lanzó a las comunidades a entregar mascarillas, alcohol y alimentos a los más necesitados incluyendo a pacientes de COVID 19. Obtuvo un sueldo mínimo federal cuando muchas personas morían por la pandemia en Puerto Rico. Esta determinación de la OEG me parece injusta y equivocada”, subrayó García Padilla, quien lleva 23 años en la poltrona municipal.

García Padilla dijo que respeta los alcances de la Oficina de Ética Gubernamental y ha sido colaborador con este proceso, pero que consideraba que era «una determinación equivocada» y que utilizará los «mecanismos legales disponibles para cuestionarla”.

“Por más de 20 años me he dedicado al servicio de mi pueblo y no he recibido beneficio alguno directo o indirecto fuera de mi salario como Alcalde. Tampoco he permitido malsanas prácticas del nepotismo en el Municipio”, señaló.

La querella establece que García Padilla “sabiendo el parentesco” que había en su ayudante especial y el contratado (hijo de ésta), así como el evidente interés pecuniario en los contratos otorgados, “aprobó y firmó los mismos en el ejercicio de los poderes inherentes a su cargo”.

También establece que el Alcalde no acudió a la OEG a solicitar una autorización previa a la otorgación de los contratos aun cuando era un requisito por ley.

En la querella se estableció que el Alcalde violó en tres ocasiones (por ser tres contratos) el Artículo 4.3 de la Ley 1 del 2012, el cual establece que la autoridad nominadora no puede llevar a cabo un contrato en el que un servidor público de la agencia o miembro de la unidad familiar, un pariente, un socio o una persona que comparta la residencia en este último, tenga o haya tenido directa o indirectamente un interés pecuniario durante los últimos tres años anteriores a su nombramiento.

La querella solicita la imposición de una multa de hasta $20,000 por cada infracción y que se le retenga ese dinero en el Departamento de Hacienda, el Sistema de Retiro de Empleados o cualquier otro sistema de retiro público que garantice el pago.

La Recomendación de la multa concluye que García Padilla “incurrió en tres violaciones al inciso (d) del Artículo 4.3 de la LOOEG (Ley Orgánica de la Oficina de Ética Gubernamental) ya que, como autoridad nominadora, llevó a cabo los contratos… con el hijo de una servidora pública del municipio de Coamo, en lo que había un interés pecuniario. Ello sin haber solicitado ni haber obtenido la autorización previa de la OEG”.

Querella Juan Carolos García Padilla

 

Resolución Querella