Por Redacción Es Noticia
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La Administración de Vivienda Pública (AVP) informó una prórroga temporera en los desalojos por falta de pago de renta para los residentes públicos y bajo el programa Sección 8.
Esta orden la emitió el Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) el pasado 4 de septiembre y se extenderá hasta el 31 de diciembre de este año, con el fin de evitar la propagación del COVID-19.
“La orden que emite el CDC es independiente de la moratoria de desalojo que otorgó la Ley federal CARES, la cual ya caducó. Los participantes de los programas que así lo requieran podrán acogerse a este beneficio en caso de que lo estimen necesario”, explicó el administrador de la AVP, William Rodríguez Rodríguez.
Los participantes de ambos programas deberán presentar una declaración que certifique, entre otros asuntos:
- La inhabilidad pagar a tiempo.
- Esfuerzos para cumplir con su alquiler.
- Responsabilidad de cumplir con tarifas, multas e intereses que se acumulen durante este periodo.
La prórroga no exime a los residentes de la obligación de pagar el alquiler y de cumplir con los términos del contrato de arrendamiento.
Tampoco impide que los propietarios cobren tarifas, multas o intereses como resultado de la incapacidad de los inquilinos para pagar el alquiler de manera oportuna.
Los desalojos no relacionados con la falta de pago del alquiler aún pueden tener lugar; por ejemplo, en el caso de cualquier actividad delictiva.
Las personas interesadas en conseguir una copia de la declaración u obtener información adicional podrán comunicarse a las oficinas regionales correspondientes de Sección 8 o las oficinas administrativas del agente administrador.
Una vez finalice o se suspenda la prórroga, procederán conforme con los procesos previamente establecidos por la legislación y reglamentación vigentes.