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Proponen tipificar como delito el llamado ‘grooming’

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Por Redacción Es Noticia

redaccion@esnoticiapr.com

 

La gobernadora Wanda Vázquez sometió a la Legislatura una medida para tipificar como delito el llamado “grooming” y el agresor podría ir 8 años a la cárcel si se demuestra su intensión.

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La medida, que requiera enmendar el Código Penal de Puerto Rico, persigue proteger a los menores de acercamientos sexuales a través de cualquier medio electrónico por parte de personas que buscan perpetrar ese tipo de abusos o acciones.

«No nos detendremos en la búsqueda de alternativas para proteger de las garras de los depredadores sexuales o personas mal intencionadas a nuestros niños y adolescentes”, expresó Vázquez Garced.

Grooming – se ha calificado como parte del abuso sexual impropio, que es la conducta de un adulto cuando solicita a un menor, a través de cualquier medio electrónico, que envíe o exhiba fotografías o grabaciones suyas de significación sexual.

La modalidad es un término adoptado para describir la forma en que algunas personas se acercan a niños y jóvenes a través de la tecnología para ganar su confianza, crear lazos emocionales y abusar de ellos sexualmente.

La gobernadora aclaró que el Artículo 124 del Código Penal dispone que toda persona que, a sabiendas, utilice cualquier medio de comunicación telemática para seducir o convencer a un menor para encontrarse con la persona, con el propósito de incurrir en conducta sexual prohibida, incurrirá en delito grave con pena fija de 8 años.

Empero, con la enmienda no será necesario que se dé el encuentro con el agresor o que el menor facilite o muestre el material pornográfico. Bastará para la consumación del delito que se demuestre la conducta intencional del autor de contactar, seducir, persuadir, inducir, atraer, tentar, manipular, coaccionar o convencer al menor a través de cualquier medio de comunicación para lograr el fin señalado.

La modalidad nueva incluida tendrá la misma pena de reclusión de 8 años establecida en el Artículo 124 del Código Penal. Además, se establece que, si el ofensor al cometer el delito oculta su identidad o edad, la pena de reclusión será de 12 años.

Recientemente, hubo denuncias de una gran cantidad de mujeres, en su mayoría menores de edad, víctimas de acoso sexual en redes sociales. De estas alarmantes denuncias se desprende que la práctica del “grooming” no es ajena a Puerto Rico.

En ese sentido, la gobernadora solicitó a las autoridades indagar sobre el patrón de acoso sexual de parte de unos supuestos empresarios.  Las víctimas relataban que, en muchos casos, estas personas encontraban sus perfiles en redes sociales y comenzaban a entablar conversaciones con ellas, hasta llegar a hacerles supuestas ofertas de trabajo como excusa para coordinar los encuentros personales.

“Estamos otorgando más garras a nuestros funcionarios públicos de ley y orden para que puedan hacerle frente a esta modalidad que sirve como vehículo para acercarse a los menores con el fin de victimizarlos sexualmente. Igualmente, ampliamos su alcance para tipificar como delito el mero hecho de contactar, seducir, persuadir, inducir, atraer, tentar, manipular, coaccionar o convencer a un menor a través de cualquier medio de comunicación telemática, internet, teléfono, redes sociales o para encontrarse con la persona con el fin de incurrir en conducta sexual prohibida por nuestro ordenamiento jurídico”, dijo Vázquez Garced.