El Senado aprobó el Proyecto del Senado 1425 que modifica los requisitos profesionales de los miembros asociados de la Junta Revisora de Subastas para disponer que ambos sean abogados debidamente autorizados a ejercer la profesión en Puerto Rico.
“Esta enmienda fortalecerá el carácter cuasijudicial de la Junta Revisora, promoverá una adecuada protección del debido proceso de ley y permitirá que dicho organismo cuente, como parte de su composición, con un profesional cuya preparación guarde relación directa con la interpretación y aplicación del derecho y con la adjudicación de las controversias sometidas a su consideración”, cita la pieza legislativa.
La legislación mantiene la composición de la Junta Revisora de Subastas con:
- un presidente
- dos miembros asociados
- un miembro alterno
Empero, establece que los dos miembros asociados deberán ser abogados debidamente autorizados por el Tribunal Supremo de Puerto Rico y contar con al menos cinco años de experiencia luego de haber sido admitidos al ejercicio de la profesión.
El proyecto fundamenta el cambio en la naturaleza adjudicativa y cuasijudicial de las funciones de la Junta, que incluyen la interpretación y aplicación de leyes y reglamentos, la evaluación de evidencia y la atención de controversias relacionadas con procesos de adquisición gubernamental. Cuando un asunto requiera conocimientos especializados en áreas contables o financieras, la Junta podrá recurrir al asesoramiento técnico o pericial correspondiente.
De otra parte, el Senado concurrió con los cambios al Proyecto del Senado 632, la cual propone enmendar la “Ley de Registro de Personas Convictas por Delitos Sexuales y Abuso Contra Menores”, con el propósito de crear un Código de Respuesta Rápida, mejor conocido como ‘QR Code’ que contenga un enlace directo a los datos contenidos en el Registro de Personas Convictas por Delitos Sexuales y Abuso contra Menores.










































