Por Redacción Es Noticia
Con solo presentar la tarjeta de vacunación contra el COVID-19 con la serie de vacuna completa podrá entrar a la Isla.
No será necesario mostrar los resultados negativos de una prueba molecular del coronavirus, esto según la enmienda a la Orden Ejecutiva que busca frenar la propagación del virus es suelo puertorriqueño.
Esto aplicará a todo viajero que aterrice en Puerto Rico de un vuelo doméstico a partir de hoy, martes.
Las personas no vacunados deberán presentar un resultado negativo de una prueba diagnóstica.
El pasajero tendrá que certificar que está completamente vacunado en un periodo de dos semanas o más de haberse inoculado. De igual forma, deberá indicar la vacuna recibida, las fechas de la administración y subir una foto de la tarjeta de vacunación.
El gobernador Pedro Pierluisi firmó una enmienda a la Orden Ejecutiva 2021-037 que ordenaba que el proceso para viajeros vacunados entraba en vigor el viernes, 28 de mayo. Sin embargo, el Departamento de Salud aceleró el proceso en las nuevas especificaciones que se verán reflejadas en la programación de la aplicación de Declaración de Viajero para que desde hoy puedan entrar en vigor las nuevas disposiciones
Cónsono con la enmienda a la Orden Ejecutiva, el Secretario de Salud-Carlos Mellado López-publicará la Orden Administrativa OA-2021-503 para eliminar la prueba molecular obligatoria.
“Estamos flexibilizando ciertos aspectos e incentivando la vacunación de nuestros residentes y quienes nos visitan. A cinco meses de haber comenzado la vacunación, estamos en mejor posición ahora y continuamos avanzando para lograr la inmunidad de rebaño que todos anhelamos y también acercarnos a la vida que teníamos antes de la pandemia”, expresó Mellado López.
La nueva disposición solo aplicará en vuelos domésticos y no en vuelos internacionales. En el caso de vuelos internacionales, es necesario que los pasajeros traigan una prueba negativa de coronavirus que no tenga más de 72 horas incluyendo el día de su llegada, aunque estén vacunados. De no hacerlo se le impondrá una multa de $300.00 y tendrá 48 horas para hacerse la prueba y presentar un resultado negativo. Para esto el Departamento de Salud proveerá un listado de los laboratorios a los que pueden acudir a hacerse la prueba sin necesidad de llevar una orden médica.
Por otro lado, toda persona que llegue sin evidencia de estar vacunado o sin un resultado negativo de la prueba del COVID-19 deberá permanecer en cuarentena desde el día que llegue a Puerto Rico hasta que tenga el resultado negativo de la prueba y la suba a su Declaración de Viajero de manera digital. De esta forma el sistema dará por cumplido el requisito y procederá a borrarle la multa del sistema.
Mellado sostuvo que, si el resultado de la prueba fuera positivo, el viajero deberá cumplir con el aislamiento impuesto y seguir con los protocolos establecidos para estos fines. Además, será responsable de asumir todos los gastos médicos y la extensión de su estadía ya que será el Departamento de Salud el que determine el tiempo que debe permanecer en cuarentena.