Por Redacción Es Noticia
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La presidenta alterna de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), Jéssika Padilla, explicó hoy, lunes 5 de febrero, por qué se permitió que Eliezer Molina Pérez recogiera endosos, a pesar de no haber completado el proceso de documentación.
“El primer paso es la presentación de la intención de aspirar un cargo político. En esa intención de aspirar a un cargo político, el sistema lo identifica como un aspirante a una candidatura y el modo de recolectar endosos se abre o de accesa o se le da el permiso para acceder en modo recibido, pero ese expediente está condicionado a ser completado. Esto lo que significa es que cuando un aspirante radica su intención para ser aspirante o candidato político ya se le permite la recolecta de los endosos”, declaró Padilla en entrevista radial (NotiUno 630).
“¿Por qué hacemos esto? Porque si en la avalancha de expedientes que recibe la Comisión Estatal de Elecciones para validarse como un candidato oficialmente, yo hago el turno 70, tiene una ventaja el que hizo el primer turno, porque dependiendo de que se le evalúe o no el expediente, ya yo tengo un primer turno para empezar a recoger endosos. Así que no se hace de esa manera. Yo abro la plataforma en un asentado condicionado, a que se cumpla todos los endosos para poder de validar o certificar como candidato y que se pueda validar ese expediente. No obstante, el sistema de endosos sí se abre en modo recibido condicionado a que ese expediente esté completo”, añadió.
Además, Padilla explicó la razón por la cual la aspiración al Senado de manera independiente de Molina Pérez no fue validada.
“La resolución que se determinó el pasado miércoles, 31 de enero fue que si el expediente adolecía de algún documento que debió haberse presentado al dos de enero, que así surgía de la certificación expedida por el secretario, debió presentar en o antes de la fecha de vencimiento que fue el jueves primero de febrero, debió haber presentado la evidencia de que los documentos que no estaban completos en el expediente estaban en trámites y que dependía de que las agencias concernidas lo expidiesen. Siendo que llegó el plazo del primero de febrero en las doce del mediodía, no se presentó la evidencia de que esos documentos estaban en trámite y no antes del dos de enero, pues no cumple con los requisitos de ley”, dijo.
Según Padilla, los documentos que Molina Pérez no entregó son: “la deuda por todos los conceptos con el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM), las certificaciones de deuda del Departamento de Hacienda, las planillas, copia certificada de las planillas con el Departamento de Hacienda. Y principalmente, aquellos documentos relacionados a las pruebas de dopaje y el resultado de la prueba de dopaje que depende de un tercero, que es el laboratorio el que expide el resultado. Pero debió haber cumplido con hacerse la prueba que también son dos cosas distintas. Es el día que se realizaba la prueba, que tenía 24 horas y cuando llevan los resultados, todo eso debía haber pasado al momento de la radicación de expediente”.
“Se le dio el señor Molina para que en o antes del dos de enero completara el expediente, pero adicional a eso, presentar evidencia que eso que estaba presentando como complemento de su expediente había sido tramitado en la fecha que establece el código. No cumplió”, expresó.
(De CyberNews)