Por Redacción Es Noticia
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El gobernador Pedro R. Pierluisi firmó una Orden Ejecutiva para requerir a las agencias gubernamentales, instrumentalidades y corporaciones públicas a notificiar -en sus páginas electrónicas- la necesidad de los servicios que se dispone a contratar cuando el monto anual es de $250,000 o más.
La Orden Ejecutiva 2021-029 aplicará también a contratos que reciben enmiendas que alcancen o excedan ese monto aunque el contrato original no sea por esa cantidad.
Empero, el documento establece que «este proceso no aplicará a renovaciones de contratos o a enmiendas necesarias para cumplir con los fines de la contratación original».
La Orden será implementada a partir del próximo 1 de julio con el presupuesto del nuevo año fiscal. Estos parámetros también aplicarán a cualquier contrato o enmienda que vaya a estar vigente, así como a los contratos que sean sufragados con fondos federales o sean parte de programas especiales regulados, siempre y cuando estos no sean incongruentes con las guías, propuestas, regulaciones o asignaciones de fondos federales aplicables.
“Esta Orden Ejecutiva es parte de nuestro programa de gobierno y es cónsona con nuestro propósito de reforzar la estructura gubernamental, para que esté enfocada en la eficiencia y la ejecución. Además, es nuestra intención poder implementar las mejores prácticas de gerencia para obtener resultados medibles y disponer un sistema de contratación competitivo, eficiente y transparente”, indicó el gobernador.
El estado de derecho vigente establece procesos abiertos y competitivos para adquirir diversos bienes y servicios, pero no dispone de ese requisito en la contratación de servicios profesionales lo que pudiera conducir a la contratación de servicios innecesarios o a un mayor costo, indicó el Mandatario.
Según dispuesto en la Orden Ejecutiva todas las agencias gubernamentales, instrumentalidades y corporaciones públicas previo a otorgar un contrato de servicios profesionales por $250 mil o más durante un año fiscal, deberán publicar en su página cibernética o cualquier otro medio de difusión general, una notificación de necesidad de los servicios, que incluya una descripción de los servicios profesionales a contratarse.
En los casos en que el contratante seleccionado sea una persona jurídica se requerirá, como parte de los documentos a entregarse una certificación en la que se declaren los nombres de todos los dueños, accionistas y oficiales de la corporación a ser contratada.
Como parte del proceso, cualquier parte interesada y debidamente cualificada podrá someter su propuesta de servicios a la dirección o lugar indicado en la comunicación. Asimismo, incluirá el Certificado de Elegibilidad expedido por la Administración de Servicios Generales. También, el jefe de la agencia gubernamental escogerá a aquel proponente que entienda que está mejor cualificado para suplir las necesidades del servicio de la manera más adecuada, utilizando criterios de confianza y confidencialidad cuando sea prudente y necesario. Todo lo anterior, dentro de los parámetros presupuestarios aplicables.
Toda contratación cubierta por la Orden Ejecutiva que no siga los procesos y requisitos establecidos será rescindida.
La OGP deberá establecer unas guías uniformes para cumplir con las nuevas reglas de esta Orden Ejecutiva y como parte de ello deberá establecer un proceso para evaluar y autorizar solicitudes, que, por vía de excepción, se presenten a tenor con lo dispuesto en la misma.