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Proceso para habilitar personas inelegibles al servicio público regresa a la OATRH

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Por Redacción Es Noticia

redaccion@esnoticiapr.com

 

La Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos (OATRH) anunció el regreso a esa oficina del proceso para habilitar personas que habían resultado inelegibles para ingresar al servicio público.

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La OATRH tendrá ahora la función de dar una nueva oportunidad a las personas que por alguna razón resultó inelegibles para ocupar un puesto o recibir un contrato de servicios profesionales en el Gobierno.

Para lograr la reinserción gubernamental la persona debe cumplir con el proceso de habilitación en el servicio público establecido, en cumplimiento con el Código Anticorrupción para el Nuevo Puerto Rico, aclaró la directora de la OATRH, Zahira A. Maldonado Molina.

“En esta cultura de cambio, en donde buscamos transformar y convertir al gobierno en uno más eficiente, también, velamos por cumplir con el mandato legislativo de habilitar a personas inelegibles para ingresar al servicio público, basado en la Ley 8-2017. De manera que, quienes sean idóneos para el empleo puedan tener la oportunidad de contribuir con su trabajo al desarrollo, bienestar y progreso de Puerto Rico”, indicó Maldonado Molina en un comunicado de prensa.

Conforme a las disposiciones de la sección 6.8 de la Ley 8-2017, el peticionario debe completar:

    • formulario  diseñado para estos propósitos
    • certificado de antecedentes penales vigente
    • certificación de radicación de planillas de contribución sobre ingresos
    • certificación de no deuda de ASUME
    • certificación de no deuda del CRIM
    • tres cartas de recomendación
    • carta de recomendación de su último patrono
    • licencia para ejercer la profesión en el caso que aplique
    • entre otros informes y documentos específicos para cada caso.

La Oficina de Habilitación había pasado la facultad del Secretario del Departamento del Trabajo tras la aprobación de la Ley Núm. 8-2017.

Sin embargo, la OATRH continuó respondiendo por la parte presupuestaria y administrativa, así como también, los beneficios marginales del personal que pertenece a esta oficina. Además, de ser la agencia quien está estrechamente relacionada a la labor que brinda el área de Habilitación, en protección al principio de mérito del servicio público.

Por ello, ambas agencias, firmaron un acuerdo para la transferencia de dicha Oficina a la OATRH, donde inicialmente estaba adscrito antes de la aprobación de la Ley 8, 2017.

“Hemos dado un paso de avance en la integración de los empleados. Sabemos también que la legislatura ha estado buscando y apoyando esta iniciativa y que contará con la eventual aprobación del Proyecto del Senado PS 996.  El área de Habilitación tiene un rol importante dentro de la administración del recurso humano, es nuestro deber velar que se garantice el mejor servicio al Pueblo y eso es posible, contando con los empleados públicos hábiles y capacitados”, expresó Maldonado Molina.

Actualmente, hay un proyecto en el Senado que busca la transferencia del personal de la Oficina de Habilitación a la OATRH, agencia que responde por la parte presupuestaria y administrativa del personal, asimismo, es quien está estrechamente relacionada a la labor que brinda el área de Habilitación, en protección al principio de mérito del servicio público.

Para Gabriel Maldonado-González, secretario del Trabajo, «la firma de este acuerdo colaborativo es un paso inicial y en la dirección correcta para devolver la Oficina de Habilitación a la OATRH, cuya misión principal es apoyar los recursos humanos en el gobierno. Agradecemos el compromiso de los compañeros de dicha oficina que durante los pasados años laboraron con nosotros desde el DTRH y les exhortamos a continuar aportando al crecimiento del servicio público.»

La Directora de la OATRH recordó que cualquier entidad gubernamental está impedida de nombrar a personas y otorgar contratos de servicios profesionales a favor de personas inhábiles, entiéndase, que hayan incurrido en conducta deshonrosa, sean adictos por uso habitual y excesivo de sustancias controladas y /o bebidas alcohólicas, hayan sido convictos por delito grave o por cualquier delito que implique depravación moral o hayan sido destituidos del servicio público sin haber completado el proceso de habilitación.